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Este artículo fue curado por Santiago Avila   Ene 12, 2024 - 3:35 pm
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Tan solo en Cali se imponen cerca de 855 infracciones diariamente, según estadísticas de Cali Cómo Vamos. A nivel nacional el panorama no mejora, puesto que son muchas las faltas cometidas por los conductores, sin embargo, son varios los casos en que los ciudadanos no se enteran de que han incurrido en una falta.

Pasado un periodo de tiempo el conductor no estará obligado a pagar la multa debido a que nunca recibió la notificación. Esto hace que surja una duda entre quienes transitan por las principales carreteras: ¿En cuánto tiempo se vence una multa en Colombia?

Cuánto tiempo debe pasar para que le anulen una multa de tránsito

De acuerdo, con el ministerio de Transporte el plazo que tienen las autoridades de movilidad para realizar el cobro de la multa por algún tipo de infracción es de 3 años, en caso de no hacerse está se vencerá y podrá ser cobrada.

El conductor deberá ser notificado por la falta dentro de los siguientes 5 días hábiles al suceso, de lo contrario será eximido. Posterior a eso las autoridades de tránsito tienen 30 días para continuar con el proceso.

Asimismo, la entidad afirmó que el plazo se interrumpe cuando se notifica del mandamiento del pago al infractor, esta notificación deberá hacerse personalmente, si el conductor no comparece, se notificará a través de correo electrónico.

El plazo también se detendrá cuando se otorguen facilidades o acuerdos de pago, ya sea por la admisión de la solicitud de concordato, o por la declaratoria oficial de la liquidación forzosa administrativa.

Luego de la interrupción para el tiempo de prescripción, según el Ministerio, el tiempo de tres años iniciará de cero desde siguiente día a la notificación de la orden de pago.

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¿Cuánto cuestan las multas de tránsito en Colombia?

  • Multa por conducir un vehículo sin portar licencia de conducción: ocho salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
  • Sanción por estacionar un vehículo en sitios no permitidos: 15 SMLDV.
  • Comparendo por no utilizar el cinturón de seguridad: 15 SMLDV.
  • Multa por conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida: 15 SMLDV.
  • Comparendo por no portar el SOAT: 30 SMLDV.
  • Sanción por no realizar la revisión técnico-mecánica del vehículo: 15 SMLDV.
  • Multa por utilizar sistemas móviles de comunicación o teléfonos al momento de conducir: 15 SMLDV.
  • Comparendo por transitar en contra vía: 30 SMLDV.
  • Sanción por no detenerse ante la luz roja del semáforo o una señal de Pare: 30 SMLDV.
  • Comparendo por conducir en estado de embriaguez: Las multas van desde los 90 SMLDV (con grado 0 y primera reincidencia) hasta los 1440 SMLDV (con grado 3 y tercera reincidencia).

Es importante resaltar que, si el infractor realiza el curso pedagógico puede recibir un descuento de hasta el 50% del valor de la multa.

Pulzo complementa

Otra de las sanciones que más están imponiendo los agentes de Tránsito y que muchos conductores de motocicletas pasan por alto es el uso del chaleco reflectivo, el cual, es de uso obligatorio desde las 6 de la tarde hasta las 6 de la mañana del siguiente día.

Por ejemplo, la Secretaría de Movilidad de Cali recientemente hizo un llamado a los motocilcistas para que cumplan con la norma, pues, en lo corrido de 2024, ya han sancionado a 306 conductores por no portar la prenda reflectiva.

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