Hasta el viernes 10 de marzo tienen plazo los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) del régimen común anual, de la vigencia 2022, para cumplir su obligación.

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Después de esa fecha, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondientes.

Esto teniendo en cuenta que la Secretaría de Hacienda cambió las fechas establecidas en el calendario tributario de 2022 en Bogotá para el pago del ICA, del régimen común:

  • Fecha límite de pago del Impuesto de Industria y Comercio, ICA, del sexto bimestre del año 2022: viernes 3 de marzo de 2023.
  • Fecha límite de pago del Impuesto de Industria y Comercio, ICA, del régimen común anual del año 2022: viernes 10 de marzo de 2023.

De esta manera, el gravamen corresponde a las personas naturales o jurídicas que en el año gravable 2021 declararon un impuesto a cargo igual o inferior a 391 UVT, que equivale a $ 14.196.428, así como los contribuyentes nuevos que iniciaron su actividad económica el año pasado.

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¿Dónde pagar el ICA?

De otro lado, es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad, en este enlace.

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Para el pago del impuesto, los contribuyentes cuentan de manera electrónica con el botón de pago con débito a cuentas de ahorro y corrientes, y la tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH).

Así mismo, de forma presencial, pueden hacerlo en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.