Escrito por:  Redacción Economía
Abr 23, 2025 - 7:30 pm

En Colombia, la reforma pensional impulsada por el presidente Gustavo Petro, aprobada y vigente desde julio de 2025, ha generado importantes cambios en el sistema de pensiones.

La reforma transforma la elección entre Colpensiones y los fondos privados, estableciendo un sistema complementario.

Ahora, quienes ganan menos de 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) deberán cotizar únicamente en Colpensiones, mientras que quienes superen ese ingreso cotizarán tanto en Colpensiones como en un fondo privado.

El objetivo de esta reforma es fortalecer a Colpensiones y asegurar la sostenibilidad del sistema, ampliando su base de cotizantes.

A pesar de los cambios estructurales, los requisitos de edad para pensionarse se mantienen: 57 años para mujeres y 62 para hombres. Los hombres deben cotizar 1.300 semanas (unos 26 años), mientras que para las mujeres, a partir de 2025, las semanas requeridas se reducirán progresivamente desde 1.275 hasta llegar a 1.000 en 2036, es decir, cerca de 19 años de cotización.

Además, las madres recibirán una reducción adicional de semanas por cada hijo. Esta medida busca hacer más accesible la pensión para las mujeres, reconociendo su labor reproductiva y de cuidado.

Cómo funciona el régimen pensional en Colombia

El régimen pensional en Colombia está diseñado para garantizar un ingreso económico a las personas que han llegado a la edad de jubilación o que, por motivos de invalidez, ya no pueden trabajar. Este sistema ha estado históricamente dividido en dos regímenes: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (administrado por Colpensiones, una entidad pública) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (administrado por fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia).

Bajo el esquema anterior, los ciudadanos podían elegir libremente en cuál de los dos sistemas afiliarse, dependiendo de sus expectativas de pensión y proyecciones de ahorro.

En el Régimen de Prima Media, los trabajadores hacen sus aportes mensualmente y esos recursos no se acumulan de manera individual, sino que van a un fondo común. Con base en los aportes realizados y el tiempo cotizado, se calcula una pensión mensual que será pagada por el Estado a través de Colpensiones.

Es decir, los trabajadores activos financian las pensiones de los actuales jubilados, en un sistema solidario y de reparto. Este modelo asegura una pensión basada en un promedio de los ingresos durante los últimos años de cotización, siempre y cuando se cumplan los requisitos de edad (62 años para hombres y 57 para mujeres) y semanas cotizadas (1.300 semanas para hombres y, progresivamente, 1.000 semanas para mujeres en 2036).

Por su parte, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad funciona como una cuenta personal en la que cada trabajador acumula sus aportes y los rendimientos generados por las inversiones realizadas por los fondos privados. En este régimen, la pensión depende directamente del monto ahorrado, los rendimientos obtenidos y la expectativa de vida del afiliado. En teoría, este modelo otorga mayor flexibilidad, ya que permite pensionarse antes si se alcanza el capital suficiente, aunque también conlleva mayores riesgos, ya que no hay garantía estatal sobre el valor final de la pensión.

Cómo reforma pensional afecta a fondos pensionales

Con la reciente reforma pensional de 2025, impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, se implementó un nuevo modelo de régimen complementario. Ahora, los ciudadanos no pueden elegir libremente su fondo; en cambio, se asignan según el nivel de ingresos.

Quienes ganen menos de 2,3 SMMLV cotizarán exclusivamente en Colpensiones (Componente de Prima Media), mientras que quienes ganen más deberán aportar tanto a Colpensiones como a un fondo privado (Componente de Ahorro Individual). Esta reforma busca centralizar más recursos en Colpensiones para asegurar la sostenibilidad financiera del sistema y ampliar la cobertura, especialmente a los sectores de menores ingresos, fortaleciendo el carácter solidario del sistema pensional colombiano.

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