El próximo viernes, 16 de junio, es la fecha límite para que las personas que se acogieron al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) paguen la tercera cuota del impuesto predial en Bogotá del año 2022 correspondiente a inmuebles no residenciales, a excepción de lotes, depósitos y garajes.

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Este fue un beneficio que se les otorgó a los sectores afectados económicamente por las medidas del Covid-19, en el que se les ofreció la posibilidad de aliviar su flujo de recursos, a través de un pago en cuatro cuotas iguales y sin intereses. Los interesados tuvieron hasta el 8 de julio de 2022 para presentar la correspondiente declaración.

¿Cómo pagar el impuesto predial en Bogotá?

Para descargar y pagar el cupón debe ingresar al sitio web de la Secretaría de Hacienda, y luego a Oficina Virtual. Una vez allí, debe buscar ‘Obligaciones pendientes’ inscritas en Predial, generar el cupón respectivo (recibo de pago), para pagar en línea (a través de la opción de pago por PSE o con tarjetas débito de cuenta corriente o débito de cuenta de ahorros) o para imprimir y pagar en bancos autorizados.

A continuación, el listado de las entidades bancarias autorizadas, por medio de las cuales puede hacer el pago de impuestos distritales:

  • Bancolombia.
  • BBVA.
  • Banco de Bogotá.
  • Banco GNB Sudameris.
  • Banco Popular.
  • Banco Davivienda.
  • Banco de Occidente.
  • Banco AV Villas.
  • Banco Citibank (solo clientes corporativos).
  • Itaú.
  • Banco Cooperativo Coopcentral.

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  • Scotiabank Colpatria.
  • Banco Caja Social – BCSC.
  • Bancamía.
  • Banco Agrario.
  • Credifinanciera.
  • Banco Pichincha.
  • Bancoomeva.
  • Banco Falabella.
  • Banco Serfinanza.
  • Banco Santander de Negocios.

La cuarta y última cuota del SPAC no residencial 2022 se vence el próximo 25 de agosto de 2023.

Sanciones por no pagar a tiempo el impuesto predial en Bogotá

Es importante tener en cuenta que, en caso de no efectuar los pagos dentro del plazo establecido, se aplicarán sanciones. Estas multas varían dependiendo el estrato del inmueble y la Unidad de Valor Tributario (UVT). La sanción corresponde al 1,5% por mes o fracción de mes de retraso.

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A continuación, se detallan las multas correspondientes a cada estrato:

  • Estrato 1 y 2, Unidad de Valor Tributario 4. Total: $170.000 pesos colombianos.
  • Estrato 3 y 4, Unidad de Valor Tributario 5. Total: $212.000 pesos colombianos.
  • Estrato 5 y 6, Unidad de Valor Tributario 7. Total: $297.000 pesos colombianos.