El 16 de julio de 2025 se emitió en Colombia la Ley 2486 de 2025, la cual fue sancionada por el presidente Gustavo Petro, Se trata de una normativa que establece reglas para el uso de patinetas y bicicletas eléctricas y hasta definió en qué casos pueden ser inmovilizadas.
(Vea también: Advierten a dueños de patinetas y bicicletas eléctricas por multas que establece nueva ley)
El Ministerio de Transporte incluyó un plazo de hasta un año para su reglamentación, el cual vence el 16 de julio de 2026. La ley fija condiciones para la circulación de estos vehículos eléctricos livianos, con el objetivo de ordenar su uso en las ciudades y reducir riesgos en la vía.
Entre los aspectos que aborda están los límites de velocidad, las zonas permitidas de tránsito, el uso de ciclorutas y las condiciones de seguridad para los usuarios.
La normativa define cómo deben circular estos vehículos en ciudades como Bogotá y los exime de documentos como licencia de conducción, matrícula, placa y Soat, siempre y cuando no superen los 60 kilos de peso (incluyendo baterías) y no desarrollen veleidades superiores a 40 km/h.
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Cuándo pueden inmovilizar patinetas y bicicletas eléctricas
A diferencia de otros vehículos, la inmovilización no es la sanción más frecuente. Sin embargo, sí hay casos específicos en los que las autoridades pueden retener estos medios de transporte.
Uno de los principales es no cumplir con medidas básicas de seguridad. El uso de casco es obligatorio y su incumplimiento puede derivar no solo en multa, sino también en la inmovilización inmediata.
Otro escenario es cuando el conductor no cumple con la edad mínima permitida. La ley establece que estos vehículos deben ser operados por mayores de 16 años, y no respetar esta condición también puede llevar a la retención.

Multas para patinetas y bicicletas eléctricas en Bogotá
Más allá de la inmovilización, el foco de la norma está en las sanciones económicas. Las autoridades han reforzado controles para castigar comportamientos que se han vuelto frecuentes en la vía.
Entre las principales infracciones están:
- Circular por andenes o zonas peatonales
- No respetar señales de tránsito
- Exceder los límites de velocidad
- Transportar más de una persona
- Incumplir normas básicas de seguridad
Estas conductas pueden derivar en comparendos económicos, cuyo valor varía según la infracción.

Qué cambia con la Ley 2486 de 2025
La normativa busca ordenar el uso de estos vehículos ante su crecimiento en las ciudades. Por eso, establece reglas claras sin equipararlos a motocicletas.
Entre los principales cambios están:
- No exige licencia de conducción
- No requiere SOAT
- No obliga a matrícula
- Establece edad mínima para conducir
- Refuerza el uso obligatorio de casco
Con este panorama, las autoridades insisten en que el incumplimiento de las normas no solo implica multas, sino que en algunos casos también puede terminar en la inmovilización del vehículo, especialmente cuando se afectan condiciones básicas de seguridad.
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