Este jueves, el alto tribunal determinó que, aunque el decreto 580 del 2020 se expidió de conformidad con el estado de excepción, está bien motivado y fue promulgado por el presidente Iván Duque, no fue suscrito por todos los ministros y debe ser declarado inexequible.

La Corte comentó que la falta de ambas firmas no tuvo “algún tipo de justificación que permita explicar su ausencia, incapacidad o impedimento para conocer o suscribir el entonces Proyecto de Decreto Legislativo”.

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“A juicio de la Sala Plena, el mandato constitucional referente a que los ministros suscriban los decretos legislativos que se expiden en virtud del estado de emergencia económica, social y ecológica constituye una condición indispensable de validez de dichas normas”, explica el boletín.

“Esto en la medida en que con esto se garantiza el principio democrático durante el estado de excepción, pues se contrarresta el déficit de deliberación y se limita la facultad discrecional del presidente”, concluye.