Así lo informó el alto tribunal en sus redes sociales, en donde aseguró que “declara exequibles [sic] el ‘Acuerdo sobre los términos de la adhesión de la República de Colombia a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos'”.

Por ser un tratado internacional, la Corte debía revisar que se cumplieran los requisitos procedimentales para la adhesión y el texto estuviera acorde a la Constitución, como efectivamente ocurrió.

El 25 de mayo de 2018 los países de la OCDE aprobaron la entrada de Colombia, que se convierte en el miembro número 37 de esa organización, luego de un proceso de adhesión que duró cinco años. Durante ese quinquenio, el país tuvo que concentrarse en cumplir una serie de requisitos para poder considerarse parte del grupo.

No obstante, en días pasados Colombia apareció mal parada en el índice Better Life. Uno de sus peores índices fue el que mide la relación entre trabajo y actividades familiares o dedicadas a cuidado personal en el tiempo libre. En ese escalafón, el país figuró último y solo comparable con los números de México.

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Otros dos registros en los que la OCDE rajó a Colombia fueron los de seguridad e ingresos, de acuerdo con La República. Por otro lado, sus fortalezas, en el concepto de la organización, están en salud, ambiente y trabajo, añade ese medio.

Aún así, en empleo, educación, calidad del agua, esperanza de vida y satisfacción general, Colombia está rezagada respecto al promedio de los países miembro, concluye ese diario.

La Corte enfatizó en que la misión de la OCDE se centra en promover las políticas que ofrezcan un foro donde los Gobiernos pueden trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes; trabajar para entender qué es lo que conduce al cambio económico, político, social y ambiental.