Porvenir señaló en su página web que a la hora de hacer la declaración este ahorro debe contabilizarse en su ingreso y ser parte del patrimonio donde también debe incluir bienes raíces, acciones y demás inversiones.
En cuanto a los fondos de pensiones voluntarias se estipuló lo siguiente:
- Se mantienen los beneficios tributarios.
- Las valorizaciones (no retiradas) no son ingreso ni patrimonio.
- Los rendimientos financieros retirados que cumplen requisitos son renta exenta.
- En el impuesto al patrimonio se eliminó el beneficio por inversiones en acciones.
De acuerdo con el diario la República, en los aportes voluntarios al Fondo de Pensión Obligatoria los retiros para mayor pensión gozan de los beneficios de naturaleza pensional, mientras que los retiros para fines diferentes a pensión son renta gravada y sujetos a retención en la fuente del 35 % sobre capital y rendimientos, sin transición.
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