En Google, una de las tendencias de búsqueda por estos días tiene que ver con la declaración de renta en Colombia, y esto se debe a que la abolida reforma tributaria, que pasó el exministro Carrasquilla, decía que quienes ganaran más de 2 millones de pesos empezarían a pagar un impuesto a la renta.

No obstante, dicho documento fue retirado del congreso. Ahora, con la llegada del nuevo Ministro de Hacienda, se presentó una nueva reforma, que tiene contemplado el día sin IVA, el ingreso solidario y otros puntos.

(Vea también: Se acercan las fechas para presentar la declaración de renta; ¿cómo hacerla fácil?)

¿Quiénes deben declarar renta este 2021?

Según indica la Dian, toda aquella persona que supere los topes económicos estipulados en Colombia, que están relacionados con ingresos, bienes, gastos, consumos, consignaciones y transferencias de dinero registradas en el año anterior.

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¿Cuáles son los topes para declarar renta en 2021?

A continuación, la lista de personas que deberían alistar su declaración de renta  de 2020:

  • Quienes registren un patrimonio gravable igual o superior a $ 160.262.000.
  • Aquellos que tengan ingresos totales iguales o superiores a $ 49.850.000.
  • Las personas que tengan gastos en tarjetas de crédito o débito iguales o superiores a $ 49.850.000.
  • Todos los ciudadanos que hagan compras o consumos que sean iguales o superiores a los $ 49.850.000.
  • Los residentes que acumulen cosnignaciones, depósitos o inversiones iguales o superiores a $ 49.850.000.

(Vea también: Bancolombia, Davivienda, AV Villas y más bancos para pagar el impuesto de las motos)

Fecha límite para presentar la declaración de renta

Según el calendario tributario de la Dian este 2021, las personas naturales deberían presentar el documento entre el 10 de agosto y el 20 de octubre; la fecha de cada ciudadano dependerá de los últimos 2 dígitos de su cédula.

En el siguiente cuadro podrá ver la lista de fechas dadas por la Dian, según los dígitos del documento.

Últimos 2 dígitos de la cédula Fecha 
01 y 02 10 de agosto de 2021
03 y 04 11 de agosto de 2021
05 y 06 12 de agosto de 2021
07 y 08 13 de agosto de 2021
09 y 10 17 de agosto de 2021
11 y 12 18 de agosto de 2021
13 y 14 19 de agosto de 2021
15 y 16 20 de agosto de 2021
17 y 18 23 de agosto de 2021
19 y 20 24 de agosto de 2021
21 y 22 25 de agosto de 2021
23 y 24 26 de agosto de 2021
25 y 26 27 de agosto de 2021
27 y 28 30 de agosto de 2021
29 y 30 31 de agosto de 2021
31 y 32 1 de septiembre de 2021
33 y 34 2 de septiembre de 2021
35 y 36 3 de septiembre de 2021
37 y 38 6 de septiembre de 2021
39 y 40 7 de septiembre de 2021
41 y 42 8 de septiembre de 2021
43 y 44 9 de septiembre de 2021
45 y 46 10 de septiembre de 2021
47 y 48 13 de septiembre de 2021
49 y 50 14 de septiembre de 2021
51 y 52 15 de septiembre de 2021
53 y 54 16 de septiembre de 2021
55 y 56 17 de septiembre de 2021
57 y 58 20 de septiembre de 2021
59 y 60 21 de septiembre de 2021
61 y 62 22 de septiembre de 2021
63 y 64 23 de septiembre de 2021
65 y 66 24 de septiembre de 2021
67 y 68 27 de septiembre de 2021
69 y 70 28 de septiembre de 2021
71 y 72 29 de septiembre de 2021
73 y 74 30 de septiembre de 2021
75 y 76 1 de octubre de 2021
77 y 78 4 de octubre de 2021
79 y 80 5 de octubre de 2021
81 y 82 6 de octubre de 2021
83 y 84 7 de octubre de 2021
85 y 86 8 de octubre de 2021
87 y 88 11 de octubre de 2021
89 y 90 12 de octubre de 2021
91 y 92 13 de octubre de 2021
93 y 94 14 de octubre de 2021
95 y 96 15 de octubre de 2021
97 y 98 19 de octubre de 2021
99 y 00 20 de octubre de 2021