Escrito por:  Redacción Economía
Jun 26, 2023 - 10:59 am

Claro sigue en la mira de la SIC y, además de las decisiones anunciadas semanas atrás en contra del operador móvil, se conoció una nueva sanción que señala a Claro de hacer publicidad engañosa con el uso de aplicaciones ilimitadas.

“La SIC estableció que Comunicación Celular s.a. Comcel S.A. (CLARO), dentro de las piezas publicitarias en las cuales promocionó el uso de aplicaciones, redes sociales, minutos y mensajes de texto ilimitados incurrió en publicidad engañosa”, asegura el ente regulador.

La entidad también detalló que la oferta que llevó a la sanción prometía “SIM card prepago 3×3 beneficios” “disfruta durante 3 meses 21 gb; 7gb cada mes + WhatsApp y Facebook ilimitados, + minutos y SMS Ilimitados”. Con esto, agrega la SIC, el operador entregó información confusa a los usuarios, lo que podría inducirlos a error.

La multa que tendrá que pagar Claro es de 730 millones de pesos.

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La entidad enfatizó en que la compañía de telefonía incurrió en un engaño o la confusión se comprobó ante la falta de claridad en la información entregada en la publicidad, “pues el uso del servicio de WhatsApp se ofreció de manera ilimitada, pero solo para algunos eventos de baja calidad, sin informar a los usuarios cuáles eran esos eventos, y que las videollamadas podrían generar cargos o cobros adicionales o en su defecto podría no estar disponibles en dicha promoción”.

El ente regulador le enfatizó a la empresa sancionada que contra la decisión proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante el Despacho de la Superintendente delegada para la Protección del Consumidor.

Durante este mes Claro ha sido protagonista de varias decisiones de la SIC. La semana pasada, por ejemplo, el ente regulador abrió una investigación en su contra (y en contra de Movistar) relacionada con problemas de portabilidad que limitan a sus clientes.

“Estos operadores seguirían generando rechazos de solicitudes de portación sin contar ni entregar el soporte previsto dentro del Régimen de Portabilidad Numérica Móvil, que demuestra la configuración de las causales de mora y titularidad”, señaló la entidad.

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