Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Santiago Avila   Mar 1, 2024 - 10:11 am
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Durante el Congreso Nacional de Municipios realizado en Cartagena, el presidente Gustavo Petro anunció que se incrementará el apoyo a 500.000 de los adultos mayores en pobreza extrema y sin pensión del programa Colombia Mayor. Pasarán de recibir $80.000 a $225.000 al mes.

(Lea también: Dura advertencia de Petro para los que sueñan con pensión: “No tendrán” y explica por qué)

Cuándo pagarán nuevo bono pensional a adultos mayores en Colombia

Desde el Departamento de Prosperidad Social (DPS), donde Gustavo Bolívar será el nuevo director, confirmaron que SuperGiros es el operador encargado del pago en todos los municipios del país, dado que cuenta con una red aliada de 27.000 puntos. Este aumento se efectuará a partir del ciclo cinco de este año.

Cabe agregar que el pago del quinto ciclo podría efectuarse, aproximadamente, en el próximo mes de julio, entre las fechas 4 y 16, como ocurrió en año inmediatamente anterior.

El desembolso de Colombia Mayor se hace efectivo una vez los beneficiarios reciban una notificación vía mensaje de texto que les informe acerca de la disponibilidad de los fondos y su posibilidad de retiro en dichos puntos de atención. Actualmente, ese giro se hace mensual y los turnos de retiro se organizan con base en los números de la cédula.

Para que alguien consulte si es beneficiario de Colombia Mayor tiene varias opciones. La primera, a través del sitio web de Prosperidad Social, donde se encuentra habilitado un chat virtual en el que se puede formular la consulta. La segunda, vía telefónica marcando a los siguientes números: 601-514-9626 o 601-595-4410, si reside en Bogotá, o 01-8000-95-1100 desde el resto del país. La tercera, es dirigirse a la Alcaldía de la municipalidad o las oficias de Prosperidad Social con la cédula de ciudadanía.

“Todo anciano o anciana mayor de 80 años sin pensión va a recibir una pensión del Gobierno colombiano. Quisiéramos bajar la edad para comenzar en 75, en 72 años, pero no nos alcanza el dinero si no se hace la reforma pensional. Con ayuda de ustedes podríamos intentar que por lo menos los de 79, los de 78 años, también puedan recibir el bono pensional”, comentó Petro.

Es importante resaltar que, para los adultos mayores menores de 80 años activos en el programa, la transferencia monetaria se mantendrá en $ 80.000 mensuales.

Aunque el Gobierno ya proyectó la cifra de los beneficiarios que pasarán a recibir $ 225.000, no se ha notificado que el programa de Colombia Mayor esté cerrado para nuevos y potenciales amparados con este auxilio.

Cómo inscribirse a Colombia Mayor para recibir subsidio

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

¿Si cumplo con esos requisitos cómo puedo inscribirme?

El adulto mayor se acerca a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor.

La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.

Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.

A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.

Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un número de cupos establecidos para el programa; en la medida que estos se liberan, la asignación se realiza siguiendo en estricto orden los turnos asignados en cada ciclo.

(Vea también: “Todo puede cambiar”: aterrizan a mujeres que se ilusionaron con pensionarse más rápido)

¿Cuáles son los criterios de priorización?

  • La edad del aspirante.
  • Puntaje del Sisbén o listado censal.
  • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
  • Personas a cargo del aspirante.
  • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona
  • Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema. En este evento, el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
  • Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
  • Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.

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