En los últimos días se conoció la decisión de estas dos entidades de eliminar el llamado Pre-RUT, un formulario que les exigían a quienes hacían trámites para crear una empresa en Colombia.

La intención de la Cámara de Comercio de Bogotá y la DIAN es simplificar trámites. A partir del lunes pasado, los comerciantes, empresarios o personas jurídicas que quieran crear empresas, abrir sucursales de sociedad extranjera o inscribir entidades sin ánimo de lucro, podrán hacerlo ante la Cámara de Comercio de Bogotá, sin necesidad de tramitar el formulario ante la DIAN.

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Según informó la Cámara de Comercio en un comunicado, se elimina un paso en el trámite de la generación de la matrícula mercantil y se agiliza la creación de matrículas mercantiles en Bogotá, y en los 59 municipios donde opera la entidad.

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Cámara de Comercio de Bogotá y DIAN eliminan el trámite Pre-RUT

Anteriormente, las personas debían realizar un pre-registro ante la DIAN (llamado PRERUT) y presentarlo ante la Cámara de Comercio, como parte indispensable del proceso de creación de matrícula mercantil. Ahora, con esta decisión, se simplifica aún más el procedimiento para la creación de una empresa, abrir sucursales de sociedad extranjera e inscribir personas jurídicas sin ánimo de lucro.

La eliminación de este trámite se da gracias a que ambas entidades trabajan para coordinar sus sistemas tecnológicos de información y datos.

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“Así las cosas, a partir de ahora, únicamente será necesario diligenciar el formulario RUES y tramitar directamente en la Cámara de Comercio de Bogotá (a través de los canales presenciales y virtuales) la matrícula e inscripción que los acredita como empresarios formalizados y/o personas con plena capacidad jurídica para realizar negocios”, explicó la CCB.

Así mismo, en este mismo trámite se obtendrá de forma automática e inmediata el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN -NIT-, lo que permitirá que los empresarios y emprendedores empiecen a desarrollar sus actividades económicas de manera inmediata, con la tranquilidad que ya son contribuyentes reconocidos legalmente ante la DIAN.