Como es habitual cada año, este primero de mayo inicia la temporada de veda pesquera en la Orinoquia. Restricción que se mantendrá hasta el 30 de junio.

La veda tiene como objetivo “contribuir con la pesca sostenible y con la conservación del recurso pesquero”, indicó la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP).

La restricción prohíbe el acopio, procesamiento, comercialización y transporte tanto de peces ornamentales como de consumo provenientes de la cuenca del río Orinoco, a centros de acopio y establecimientos comerciales tales como: pesqueras, plazas de mercado, restaurantes y demás lugares de atención al público.

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La AUNAP precisó que, como entidad encargada de realizar el ordenamiento, la administración, el control y la regulación para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos pesqueros, busca proteger y garantizar que especies de peces tanto ornamentales como de consumo, den inicio a su ciclo reproductivo, el cual tiene su pico en la época de lluvias cuando los estímulos ambientales activan su periodo de desove en el medio natural.

“Para los peces de consumo, la veda se extiende por toda la cuenca del Orinoco, sus cuerpos de agua naturales y sus ríos tributarios en los departamentos de Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada”, indicó la entidad en un boletín de prensa. En el caso de los peces ornamentales, la veda se extenderá por Arauca, Vichada y Guainía.

Desde la AUNAP aseguraron que junto con la Policía Ambiental, el Ejército, la Armada Nacional, la Fiscalía y las autoridades portuarias, “llevarán a cabo actividades de inspección dirigidas principalmente a puertos pesqueros de los ríos principales de la zona de la Orinoquia, vuelos de carga en distintos municipios, y visitas periódicas a centros de acopio, pesqueras, plazas de mercado y demás establecimientos con el fin de garantizar el cumplimiento de ésta medida”.

El incumplimiento de la veda conlleva la imposición de sanciones administrativas que van desde el decomiso del pescado hasta sanciones económicas ante esta autoridad. También podría acarrear sanciones penales de acuerdo con el Artículo 335 del Código Penal (Ley 1453 de 2011), Ilícita actividad de pesca, cuyas penas están entre 48 y 108 meses de prisión y multas hasta de 50.000 salarios mínimos legales vigentes diarios.