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La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla emitió una sentencia condenatoria contra Salvatore Mancuso Gómez, excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), responsable de 117 crímenes perpetrados contra comunidades indígenas wayúu y otros habitantes de La Guajira entre los años 2002 y 2006. El fallo, sustentado en el informe de la Fiscalía General de la Nación, consigna homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos, hechos de violencia de género y ataques a bienes de relevante valor cultural. Todas las acciones fueron ordenadas por Mancuso en su calidad de líder paramilitar, dejando una profunda huella de dolor y desarraigo en la región.
La sentencia detalla que estos crímenes se atribuyen al Frente Contrainsurgencia Wayúu, unidad integradora del Bloque Norte de las AUC. Esta estructura, creada en marzo de 2002 con un contingente inicial de 150 hombres, extendió el control paramilitar hacia las zonas media, alta y nororiental de La Guajira. El impacto fue devastador sobre los pueblos indígenas ubicados alrededor de la Sierra Nevada de Santa Marta, quienes sufrieron una serie de ataques sistemáticos que afectaron tanto a sus tradiciones como a su integridad personal y colectiva.
Uno de los episodios más documentados en el proceso corresponde a la incursión armada que tuvo lugar el 10 de octubre de 2003 en la ranchería Manaki, municipio de Uribia. En esa ocasión, miembros de la comunidad wayúu fueron agredidos y sometidos a malos tratos durante horas, a la vez que varios de sus bienes emblemáticos –como chinchorros, mochilas, sombreros y mantas tradicionales– fueron destruidos y saqueados. El Tribunal también relató el asesinato de dos indígenas wayúu registrado el 17 de marzo de 2002 en la ranchería Kepischon, prueba de la reiterada violencia contra la población originaria de la zona.
En consecuencia, la decisión judicial reconoció como sujetos de reparación colectiva a las comunidades de Carraipia, Majayura y Malaki en Uribia, además de Matitas en Riohacha. Estas localidades recibirán medidas integrales destinadas a la reparación del daño sufrido, con enfoque en la restauración de derechos individuales y colectivos.
La condena contra Salvatore Mancuso fue establecida en 40 años de prisión, junto con una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la prohibición de ejercer funciones públicas por igual periodo. Sin embargo, bajo la Ley 975 de 2005, conocida como Justicia y Paz, el sentenciado podría beneficiarse de una pena alternativa de ocho años si cumple rigurosamente con los compromisos de verdad, reparación a las víctimas y garantía de no repetición.
En paralelo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la restricción de movilidad de Mancuso en nueve departamentos donde causó daño el accionar paramilitar: Córdoba, Bolívar, Sucre, Atlántico, Cesar, Magdalena, La Guajira, Norte de Santander y Antioquia. En este último, la restricción incluye Apartadó, Arboletes, Ituango, Necoclí y San Pedro de Urabá. Según el tribunal, la restricción es proporcionada y prioriza la protección de las víctimas, permitiendo entradas únicamente bajo orden judicial o para actos de perdón avalados por autoridades.
Esta decisión judicial representa un avance clave en el esclarecimiento de los crímenes cometidos en La Guajira, subrayando la centralidad de las víctimas indígenas en los procesos de verdad, justicia y reparación, y evidenciando el compromiso institucional en la protección y dignificación de las comunidades afectadas.
¿Por qué la Ley 975 de 2005 permite penas alternativas para crímenes tan graves?
La Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, se promulgó en Colombia como una herramienta de justicia transicional para promover la desmovilización de grupos armados ilegales, como las AUC. Esta normativa estableció mecanismos especiales para quienes contribuyeran a la verdad, repararan a las víctimas y garantizaran el compromiso de no repetir hechos violentos.
Dentro de este marco, aunque se reconocen y documentan graves delitos como homicidio, desplazamiento y violencia de género, la ley contempla penas reducidas—de hasta ocho años—si el excombatiente colabora efectivamente con el esclarecimiento de los hechos y participa activamente en la reparación a las comunidades damnificadas. Así, el Estado busca ofrecer incentivos para desmantelar organizaciones armadas, obtener verdad judicial y avanzar en los procesos de reconciliación nacional.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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