Una jueza de Nariño ordenó el arresto del director y subdirector de la Unidad Nacional de Protección (UNP) por desacatar una orden judicial.

La decisión tiene que ver con el excombatiente de las Farc Pedro Pablo Rosero Bolaños, quien, inconforme con decisiones que había tomado la entidad alrededor del esquema de seguridad que le fue asignado, interpuso una tutela. La justicia le dio la razón y le impartió unos lineamientos al director de la Unidad, Augusto Rodríguez, que no fueron cumplidos.

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La decisión también cobija al subdirector de la UNP, Laureano Santander Peñaranda. Además de los tres días de arresto, la jueza de Barbacoas (Nariño) ordenó que ambos pagaran una multa de un salario mínimo y les pidió a la Fiscalía que los investiguen penalmente por el posible delito de fraude a resolución judicial.

Finalmente, la decisión aclara que las órdenes solo quedarán en firme cuando sean revisadas por la magistrada del Tribunal de Pasto que conoció del caso en segunda instancia.

El litigio viene cocinándose hace meses. Desde noviembre de 2022, el Juzgado Promiscuo de Familia de Barbacoas, le ordenó al director y al subdirector de la UNP que adoptaran las medidas de seguridad que la propia entidad había concluido, debían ser asignadas al excombatiente Rosero. Cuatro meses más tarde, en marzo de este año, el exmiembro de las Farc le informó al juzgado que no le habían asignado esquema de seguridad aún, con lo cual se abrió un incidente de desacato.

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A mediados de marzo, la UNP le entregó al juzgado un informe de las medidas de seguridad que le habían entregado a Rosero: le asignaron escoltas, celular, chaleco antibalas, botón de pánico y un curso de autoprotección. No obstante, la entidad confirmó que aún no había hecho entrega del vehículo blindado al excombatiente Rosero porque, supuestamente, la vía Panamericana se encontraba cerrada. Pero a la jueza le pareció una explicación insuficiente.

Según la decisión, los directivos de la UNP tienen conocimiento de “que la vía Popayán-Pasto se encuentra habilitadas con rutas alternas y provisionales, en horarios de tránsito específicos, que permite el desplazamiento en el sentido norte-sur o sur-norte”. Así las cosas, la funcionaria judicial concluyó que Augusto Rodríguez y Laureano Santander debían ser sancionados por desobedecer las órdenes que les impartió su despacho.