Juan Carlos Galindo indicó, citado por Blu Radio:

“La única manera de solucionar una ausencia de jurados de votación es como lo dispone el Código Electoral: una persona que llegue a votar a las ocho de la mañana, y si no hay jurados de votación, el delegado de la Registraduría puede decir: ‘Señor, por favor, agradecemos su concurrencia para ejercer su derecho al voto, pero además lo necesitamos para que nos ayude con las funciones de jurado de votación’”.

El registrador no especificó el artículo del Código Electoral en el que está establecida esa posibilidad. Al consultar el texto, y las facultades que entrega a los registradores distritales y municipales, sí específica que se deben “reemplazar oportunamente a los jurados de votación que se excusen o estén impedidos para ejercer el cargo”.

Sin embargo, la forma de hacerlo, según establece el documento, es “nombrar para el día de las elecciones visitadores de mesas, con facultad para reemplazar a los jurados que no concurran a desempeñar sus funciones o que abandonen el cargo. Estos Visitadores tomarán posesión ante el Secretario de la Registraduría Distrital”.

Y en el capítulo 2, que habla específicamente de los jurados de votación, tampoco aparece consignada la facultad que menciona el registrador según la cual los funcionarios de la entidad pueden designar un votante cualquiera como jurado.

En cada mesa son designados tres jurados principales y tres suplentes que pueden “convenir el cumplimiento de la función alternándose entre sí”, lo que reduce la posibilidad de que se presente el escenario planteado por Galindo.

El planteamiento de Galindo surgió a partir de su preocupación por la poca asistencia de los ciudadanos a las capacitaciones, pues eso puede representar un déficit de jurados para la jornada del próximo domingo en todo el país.

Cabe resaltar que es posible que muchos de ellos decidieran no asistir a la capacitación porque ya ejercieron esta labor en alguna de las diferentes jornadas electorales que ha tenido el país este año.

Sin embargo, el funcionario señaló que el entrenamiento es necesario porque estos comicios tienen una complejidad diferente a unas elecciones regulares, y por eso señaló que la página web de la entidad tiene disponible un aplicativo para recibir toda la información.

La Registraduría habilitó esta opción, pues solo el 62 % de las personas acudió a las capacitaciones.

Jurados elecciones

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Las leyes establecen que “el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación” y “las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurados de votación o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñen, si fueren empleados oficiales; y si no lo fueren, serán sancionados con multas equivalentes hasta de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Para esta jornada electoral están habilitados para votar 36.421.026 colombianos en más de 97.000 mesas; de ellos, 827.635 podrán ejercer su derecho en el exterior, en alguno de los 235 puestos de votación en 69 países del mundo.