En ese sentido, señaló que esa objeción parcial a una ley de justicia transicional “podría socavar y retrasar la rendición de cuentas por casos vinculados al conflicto armado”.

Además, recuerdan que la objeción presidencial “busca revivir algunas disposiciones que han sido declaradas inconstitucionales por la Corte Constitucional, de manera que es muy probable que la Corte las vuelva a rechazar”.

La organización también considera que mientras las objeciones de Duque se discuten en el Congreso, “la Jurisdicción Especial para la Paz no tendrá bases legales claras con las cuales adelantar sus casos”, aunque cabe recordar que Patricia Linares, presidenta de la JEP, aclaró que seguirán funcionando con normalidad.

Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

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El director de HRW para las Américas, José Miguel Vivanco, señaló: “Si bien comparto algunas de las preocupaciones expresadas por el presidente Duque, la objeción presidencial no es la forma correcta de solucionar estos serios defectos”. Es muy probable que estas objeciones retrasen los procesos judiciales de la justicia ordinaria hasta que estos casos sean transferidos a la JEP y socaven la justicia que esta decisión presidencial dice promover”.

“La objeción presidencial de Duque seguramente lo ayude a ganar apoyo entre quienes se oponen al acuerdo de paz. Pero es probable que no ayude en nada a garantizar que las víctimas del conflicto armado obtengan la justicia que tanto necesitan y a la que tienen derecho”, puntualizó Vivanco.

La ONG recordó que ha expresado repetidamente serias preocupaciones sobre que esta disposición podría generar demoras inadmisibles en los procesos judiciales por crímenes atroces, pero recordó que, en agosto pasado, la Corte Constitucional respaldó y amplió esta disposición, argumentando que, con arreglo a la Constitución, la Jurisdicción Especial para la Paz tiene competencia exclusiva sobre estos casos.

Iván Duque

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Otra disposición que ha objetado el presidente permite que la Jurisdicción Especial para la Paz renuncie a la persecución penal de aquellos que no sean considerados los “máximos responsables” de crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Esta fue agregada por la Corte Constitucional en su decisión de agosto de 2018. La corte consideró que procesar penalmente a todos los acusados por crímenes cometidos durante el conflicto armado “podría conducir a un desconocimiento de los derechos de las víctimas” puesto que el “volumen de los posibles responsables y hechos podría exceder la capacidad de la jurisdicción especial”, añadió HRW.