La Procuraduría General de la Nación, PGN, a través de la Procuraduría Regional de Instrucción del Quindío, el pasado 9 de febrero, comunicó la decisión de formular pliego de cargos, por presuntas irregularidades en la exclusión del personal que perdió los derechos de carrera administrativa en la alma mater.

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Estos serían el rector de la institución, José Fernando Echeverry Murillo; a Claudia Patricia Bernal Rodríguez, secretaria general de la UQ para la fecha de los hechos; a Luis Fernando Polanía Obando, vicerrector de Extensión y Desarrollo Social para la época de los hechos; Juan Carlos Sánchez Muñoz, jefe del Área de Gestión Humana para la época de los hechos; Néstor Jairo Zapata Gil, jefe oficina Asesora Jurídica; y Diana Fernanda Tabares Abello, abogada del Área de Gestión Humana para la época de los hechos.

La investigación tuvo nacimiento después de la denuncia ante el ministerio público que señalaba presuntas irregularidades en la expedición del acuerdo 073 del 17 de diciembre del 2018, Consejo Superior de la Universidad del Quindío, que no habría cumplido con lo estipulado en el artículo 20 de la ley 909 de 2004, al no excluir al personal que perdió los derechos de carrera administrativa.

Fue por esto que el procurador regional del Quindío dispuso de la apertura de la indagación preliminar en contra de estos funcionarios de la Universidad del Quindío ordenando además la práctica de pruebas con el fin de identificar e individualizar al o a los presuntos autores, verificar la ocurrencia de la conducta, determinar si es constitutiva de falta disciplinaria o si se actuó por medio de un amparo de una causal de exclusión de la responsabilidad.

La Procuraduría hizo la descripción y determinación de la conducta investigada en circunstancia de modo que se deriva de la omisión en el cumplimiento de los deberes de los funcionarios investigados al no dar aplicación al artículo 26 de la ley 909 del 2004 y no excluir a los servidores públicos, presentando información errónea para la creación del registro interno del sistema de carrera especial administrativa de la Uniquindío.

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En la circunstancia del tiempo se concretó que las presuntas irregularidades ocurrieron el 17 de diciembre del 2018 cuando se suscribió el acuerdo 073 por parte del Consejo Superior de la Universidad del Quindío.

Señaló además la autoridad administrativa que los investigados realizaron un comparativo de la información contenida en las hojas de vida de cada funcionario frente a los cargos registrados ante la Comisión Departamental del Servicio Civil con el fin de realizar el registro interno del sistema de carrera de la alma mater donde se evidenció que algunos de esos cargos ya estaban vacantes por las situaciones administrativas presentadas durante el tiempo.

El rector de la Universidad entregó a la Procuraduría como pruebas de alegatos un informe de los procesos sancionatorios administrativos de pérdidas de derechos de carrera administrativa en el que la autoridad observó que en un término de 2 a 6 meses durante el 2021 se adelantaron los procesos sancionatorios en contra de los servidores públicos que habían perdido sus derechos de carrera por encontrarse en comisión para el desempeño de cargos de libre nombramiento y remoción por más de 6 años.

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Normas presuntamente violadas

La Procuraduría, en su acción disciplinaria, dio a conocer las normas presuntamente violadas por los funcionarios.

Conforme a la ley disciplinaria constituye falta la incursión de cualquiera de las conductas o comportamientos que conlleve al incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflictos de intereses sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad contempladas en el artículo 31 del Código General Disciplinario.

La Procuraduría mencionó la autonomía estatal de la Universidad del Quindío para la implementación de su carrera administrativa, pero debía ceñirse a la ley 909 de 2004, en este caso, frente a los servidores públicos que su comisión para el desarrollo de cargos de libre nombramiento y remoción superen los 6 años, declarar la vacancia definitiva del cargo por la pérdida de los derechos de carrera administrativa.

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La Procuraduría señaló además que por medio del análisis de los elementos materiales probatorios los investigados conocían de sus actuaciones en sus cargos, conocían de la legislación de la que regula la materia, por lo cual, al elaborar el registro interno del sistema de carrera especial administrativa de la Universidad del Quindío debían dar cumplimiento al Acuerdo 11 del 26 de agosto del 2013 del Consejo Superior y actualizar la planta del personal, entre los cuales, excluyendo del registro de carrera a los funcionarios que habían perdido los derechos de carrera por haber superado los 6 años de la comisión para desempeñar cargos de libre nombramiento, remoción y decretar la vacancia definitiva del cargo para posteriormente presentar los cargos a concursos de méritos. 

El documento de la Procuraduría, antes de resolver, advierte que “No obstante, en las presentes diligencias, no aparece demostrado con prueba suficiente que los disciplinados hayan dirigido su actuar con la intención deliberada de contrariar las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias estudiadas, por lo que se descarta esta forma de culpabilidad”.

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Resuelve

La parte resolutiva del documento confirma la formulación de pliego de cargos a los funcionarios uniquindianos; y ordena el archivo de la investigación en contra de Estela López de Cadavid, Nathalie Gallego Arturo, Fabio Cagua Castellanos y María Elena Ramírez Vásquez.

Además, el procurado regional de instrucción del Quindío, Sebastián Zuluaga Vargas, ordena compulsar copias por separado para que se inicie investigación disciplinaria en contra de Carlos Arturo Molina García, representante suplente de los empleados inscritos en carrera administrativa y miembro de la Comisión Universitaria de Carrera Especial Administrativa.