La bruma sobre el hecho que denunció Barreras al país en la noche de este martes radica en que ni el senador ni el Ministro establecieron en sus intervenciones en qué condiciones estaban esos menores en el sitio donde se escondía alias ‘Gildardo Cucho’, contra quien se dirigió el bombardeo el 2 de septiembre pasado, en el Caquetá.

Es decir, no es claro si los menores estaban armados o no, si eran miembros o solo hacían parte (o estaban en otra condición) del grupo armado, un detalle que no se puede desestimar pues constituye una condición medular del principio de distinción que rige al Derecho Internacional Humanitario (DIH) para legitimar o no una acción militar de esa envergadura.

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“En septiembre 2 de 2019, el Ministro de Defensa aquí presente les informó a los colombianos: ‘Son 14 los delincuentes muertos en desarrollo de las operaciones militares en el Caquetá contra las disidencias del GAO residual’”, denunció Barreras. “Catorce los delincuentes muertos”, repitió, y siguió con una breve descripción: “Y nos mostraron las imágenes en unas bolsas de los 14 disidentes de las Farc abatidos en el Caquetá. Los colombianos, algunos, lamentaron las muertes, pero las comprendieron: ¡Eran criminales! Y por eso los bombardearon”.

Después, mostró el reporte de Medicina Legal “¡no conocido por los colombianos! Escondido. Ocultado”, según Barreras, publicado en Villavicencio con fecha 19 de septiembre de 2019, y que relaciona los nombres y las edades de algunos de los fallecidos en el bombardeo.

General Nicacio Martínez

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Aparecen Abimiller Morales Joven, 17 años; Wílmer Alfredo Castro Acuña, 17 años; Diana Medina Garzón, 16 años; José Rojas Andrade, 15 años; Jhon Edison Pinzón Saldaña, 17 años; Ángela María Gaitán tenía 12 años, y Sandra Patricia Vargas Cuéllar, 16 años.

“Ministro, usted le escondió a Colombia que ese día de septiembre bombardeó siete niños, y murieron siete niños, que quizá son cuatro más. Porque las siguientes pruebas de Medicina Legal que les estoy mostrando muestran que los otros cuatro cuerpos llegaron tan despedazados que solo pudieron identificar, que tenían, por las pruebas técnicas que se hacen, menos de 20 años”, agregó Barreras.

Luego de dar detalles dramáticos del estado en que fueron recuperados los cuerpos despedazados, Barreras se dirigió a Botero y al Senado: “Usted por qué no le contó a Colombia, ¿o no le contaron sus hombres?”, le dijo, y lo acusó de revictimizar a los menores “por presentarlos como delincuentes”. “Esconderle estas muertes a Colombia es razón suficiente para que este Senado lo censure”.

En su respuesta, Botero dijo que las operaciones militares “siempre se desarrollan de acuerdo a estándares internacionales, a los Derechos Humanos y al derecho Internacional Humanitario”. Y, al referirse puntualmente a este bombardeo, dijo: “Cuando esta operación se hace, no se conocía la presencia de menores. No se sabía de la presencia de menores”.

Según el Ministro, se revisó “clarísimamente” la legislación. “Los abogados conceptuaron positivamente que el señor ‘Gildardo Cucho’ era una amenaza para la seguridad nacional y que como tal se podía bombardear el sitio”, dijo Botero, y aseguró que “todas estas operaciones tienen control judicial”.

Puntualmente, explicó que esta operación estaba soportada en investigaciones de las fiscalías 114 y 135 especializadas de la Dirección Contra las Organizaciones Criminales. “Allí estaban ellas [las fiscalías] pendientes de esta operación”, dijo.

Sin embargo, a renglón seguido, hizo una aseveración que deja dudas sobre la condición en que pudieran estar los menores en el lugar del bombardeo: “Corresponderá a las autoridades competentes evaluar, a la luz de las normas del Derecho Internacional Humanitario, la infracción de que es responsable el GAO y sus miembros al utilizar menores de edad, al parecer como parte de su estructura de seguridad”.

Y más adelante, después de hacer una relación del armamento que fue hallado en el lugar del bombardeo, dijo: “Quien infringe el Derecho Internacional Humanitario es quien coloca una persona protegida en un riesgo que no debe soportar”, con lo cual volvió a admitir que había personas protegidas por el DIH en el lugar.

Para poner estas afirmaciones en perspectiva y para entender que no todas las personas pueden ser objeto de acciones militares como bombardeos, hay que considerar lo que establece, por ejemplo, la Guía Interpretativa del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre la Noción de Participación Directa en la Hostilidades conforme al Derecho Internacional Humanitario (GPDH), según la cual “no todas las personas que colaboran con un grupo armado organizado son miembros del mismo”.

La necesidad de establecer en qué condiciones estaban esos niños en torno a alias ‘Gildardo Cucho’ es clave porque, entre otras definiciones, la GPDH traza una distinción entre los “miembros” del grupo (que en cuanto tales y mientras persista su membresía pierden su protección) y quienes son “parte” del grupo (que solo si realizan actividades de participación directa en las hostilidades pierden su protección y mientras dure la actividad de que se trate).

Si bien, como aseguró el Ministro, los abogados validaron judicialmente el bombardeo porque alias ‘Gildardo Cucho’ representaba una amenaza para la seguridad nacional, el funcionario no se refirió al estatus de los niños, lo cual es clave para la grave denuncia que hace Barreras, al señalarlo de infringir el DIH.