El caso que involucra a Luis Fernando Acosta Ossio, expresidente del Consejo Directivo de la Universidad Metropolitana de Barranquilla y excónsul de Polonia, ha trascendido las páginas judiciales luego de que la Fiscalía General de la Nación lo imputara por su presunta intervención en un intento de soborno. La acusación refiere que Acosta Ossio habría buscado conservar el dominio sobre la universidad y su hospital universitario mediante la influencia sobre decisiones judiciales. El trámite penal avanzó en contumacia —esto es, sin la presencia del acusado— debido a las reiteradas ausencias no justificadas de Acosta Ossio ante los llamados de la justicia, lo que llevó a la juez del caso, Luz Adriana Flórez Rodríguez, a declarar su contumacia y advertir maniobras dilatorias de la defensa.
Según la investigación liderada por la Fiscalía, cuyo expediente cuenta con información clave publicada por El Espectador, el entonces senador Eduardo Pulgar habría sido el intermediario para intentar sobornar al juez Andrés Fernando Rodríguez. Pulgar, quien aceptó los cargos, fue condenado en 2021 y, aunque actualmente goza de libertad condicional, fue señalado como protagonista central de este entramado, cuyo objetivo habría sido favorecer a Acosta Ossio en el conflicto administrativo-familiar por el control de la universidad. La actuación de Pulgar fue determinante al punto que la condena se sustentó en pruebas como los audios grabados por el juez Rodríguez.
Uno de los elementos que más polémica han suscitado dentro del proceso es el uso repetido de incapacidades médicas por parte de la defensa del excónsul. La Fiscalía abrió investigaciones contra los médicos y clínicas involucrados ante la sospecha de fraude procesal, alegando que las justificaciones carecían de veracidad y solo buscaban dilatar el avance judicial. Diez meses de postergaciones y ocho cambios de fiscales marcaron la investigación, que finalmente pudo avanzar tras una orden de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, la cual obligó a tomar decisiones de fondo antes de que el caso prescribiera.
A pesar de la gravedad de las acusaciones, y ante la preocupación manifestada por las víctimas, el Ministerio de Educación no ha adoptado medidas administrativas respecto a la Universidad Metropolitana ni su directiva. De esta manera, Luis Fernando Acosta Ossio ha continuado ejerciendo control institucional, aún en medio del proceso penal por cargos de cohecho —soborno— y tráfico de influencias, según datos confirmados por El Espectador y la Fiscalía General de la Nación.
El trasfondo de este escándalo judicial tiene su raíz en la prolongada disputa doméstica de la familia Acosta Bendeck que surgió tras la muerte del fundador del proyecto educativo, Gabriel Acosta Bendeck. El enfrentamiento derivó en una lucha por la Fundación Acosta Bendek, entidad de la que depende tanto la universidad como el hospital universitario. El control administrativo fue motivo de acciones legales y reuniones directivas cuestionadas, como la polémica designación de nuevas autoridades institucionales en 2016 con presuntas irregularidades en las citaciones y los participantes, de acuerdo con lo investigado y reportado por medios como El Espectador.
La situación escaló hasta involucrar procedimientos penales contra jueces y fiscales, acusados de actuar en favor de uno de los bandos familiares. En 2020, la Fiscalía imputó cargos por prevaricato y fraude procesal a funcionarios judiciales, identificando supuestas decisiones irregulares que habrían beneficiado a determinados intereses en la administración de la Fundación Acosta Bendek. El caso Unimetro, como se le conoce, se consolidó como uno de los escándalos más complejos y emblemáticos en el ámbito académico y judicial del Caribe colombiano, entrelazando intereses familiares, decisiones administrativas polarizadoras y una red de influencias políticas y judiciales aún bajo revisión por los tribunales.
¿Qué significa ser imputado en contumacia y cuáles son sus implicaciones legales?
La imputación en contumacia, desplegada en este proceso, implica que la persona señalada de cometer un delito es formalmente vinculada al proceso penal sin su presencia física, tras demostrarse su ausencia reiterada y no justificada ante la justicia. En el caso de Luis Fernando Acosta Ossio, la juez concluyó que sus reiteradas inasistencias y las inconsistencias en las incapacidades médicas constituían una actitud obstaculizadora para el avance del proceso judicial.
Este procedimiento legal tiene profundas repercusiones, pues permite a la justicia continuar el trámite incluso ante la presión o maniobras dilatorias del acusado, garantizando así la continuidad del proceso y evitando la prescripción de los hechos investigados. La decisión de declarar a alguien en contumacia se toma tras un análisis de las circunstancias que han impedido la comparecencia, y representa una herramienta excepcional para combatir la impunidad en delitos de alta complejidad institucional.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
LO ÚLTIMO