Estacionarse en lugares prohibidos es la falta que más se ha cometido, afirmó Canal Capital, citando las cifras de la Policía de Tránsito y Transporte de la ciudad.

Las sanciones por cometer esta infracción de tránsito, según la Secretaría de Movilidad, son el pago de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (que equivalen a 414.000 pesos) y a una posible inmovilización del vehículo (si la persona infractora no está presente en el sitio).

La entidad del Distrito tiene publicados todos los lugares en los que no se puede estacionar. Entre ellos se encuentran los siguientes:

  • Andenes, zonas verdes o de espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.
  • Vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
  • Puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de sus accesos.
  • Zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de vehículos de servicio público, o para personas con limitaciones físicas.
  • Ciclorrutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas.
  • En doble fila de vehículos estacionados, en curvas, en zonas de seguridad y de protección de la vía férrea.