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El presidente Gustavo Petro reaccionó al fallo de la Corte Constitucional acerca del tipo de sanciones que puede proferir la Procuraduríacontra los funcionarios de elección popular.
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Una sentencia de la Corte revelada por Blu Radio le dio la razón a la Procuraduría en sus poderes para suspender de manera temporal a funcionarios elegidos democráticamente, pero a la vez exhortó al Congreso a legislar sobre ese punto.
Ante esa determinación, el presidente sostuvo que “la sentencia de la Corte Constitucional le quita las funciones jurisdiccionales a la Procuraduría que había asumido a través de una ley que como senador voté en contra”.
Petro sostiene que “la suspensión de funcionarios de elección popular debe ser tomada transitoriamente por la justicia contenciosa hasta que el Congreso haga la reforma constitucional”.
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El fallo de la Corte Constitucional determinó que la Procuraduría sí está constitucionalmente autorizada para imponer ese tipo de sanción, pero dejó claro que las determinaciones que tengan ese fin deben ser primero revisadas por el Consejo de Estado.
El debate ya había estado en la opinión pública con las suspensiones proferidas por el ministerio público contra el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, y el de Cali, Jorge Iván Ospina.
La sentencia de la Corte Constitucional le quita las funciones jurisdiccionales a la procuraduría que habia asumido a través de una ley que como senador vote en contra.
La suspensión de funcionarios de elección popular debe ser tomada transitoriamente por la justicia contenciosa… pic.twitter.com/YVAns9W0zz
— Gustavo Petro (@petrogustavo) August 11, 2023
No obstante, fue la suspensión al alcalde de Riohacha, José Bermúdez Cotes, la que desató la puja jurídica. Bermúdez es investigado por presuntas irregularidades en la contratación del diseño, rehabilitación, construcción y mantenimiento de la red de acueducto y alcantarillado de la capital de La Guajira.
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Si bien ya había una decisión de la Procuraduría sobre Cotes, Petro se negó a firmar la suspensión argumentando que la Procuraduría no puede determinar estas suspensiones para funcionarios que fueron elegidos mediante el voto popular.
El fallo de la Corte declaró que “las sanciones impuestas a los funcionarios de elección popular se suspenderán en su ejecución durante el trámite judicial de revisión, el cual finiquitará con una sentencia que determinará de manera definitiva la sanción aplicable”.




La Procuraduría exhortó al Congreso a adoptar un estatuto de servidores públicos y un régimen disciplinario que deje claros los estándares para dar garantía a los derechos políticos.
A todo ese debate, el presidente agrega que “el Consejo de Estado se pronunció en el mismo sentido al decir que no hay funciones para suspender de sus cargos a funcionarios de elección popular por parte de la Procuraduría”.
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