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La situación jurídica de Jan David Palacio, exdirector del Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), se encuentra en manos del juez 27 Penal Municipal de Medellín, quien debe decidir sobre la solicitud de medida de aseguramiento intramural presentada recientemente por la Fiscalía. Esta petición se produce tras la imputación de Palacio la semana pasada por los delitos de peculado por apropiación y celebración indebida de contratos. Junto a él, Ana María Roldán Ortiz y Diana María Montoya Velilla, quienes fueron sus subalternas, también enfrentan cargos similares, mientras que a Juan Alberto Cardona Henao, tesorero y contador del cuerpo de bomberos de Itagüí, se le atribuye el delito de falsedad en documento privado, de acuerdo con el reporte de El Colombiano.
La investigación de la Fiscalía se centra en seis contratos celebrados entre el AMVA y los bomberos de Itagüí por un valor aproximado a los 18.000 millones de pesos colombianos. Según las autoridades, en el desarrollo de estos contratos se habrían presentado presuntas irregularidades que habrían permitido la apropiación de cerca de 2.481 millones de pesos por parte de particulares. Entre las prácticas denunciadas se hallan el direccionamiento de los contratos –los cuales debieron adjudicarse mediante licitación pública pero se formalizaron por contratación directa–, sobrecostos en productos y servicios, así como la falsificación de 15 facturas y recibos de pago.
Dentro de este mismo expediente ya se habían adelantado procesos judiciales contra Misael Cadavid y Elkin González, antiguos directivos de los cuerpos de socorro, así como contra María Yaneth Rúa, funcionaria del AMVA y supervisora de los contratos en cuestión.
El fiscal sustentó su solicitud de detención en centro carcelario para Palacio argumentando que existe un acervo probatorio considerable que vincula su presunta participación en conductas ilícitas y que, adicionalmente, podría representar un riesgo para el avance de la investigación. De acuerdo con el fiscal, antes de concluir su periodo en la entidad a finales de 2023, Palacio nombró a 35 personas en cargos que permanecen dentro del AMVA, con la posibilidad de acceder a información relevante para la investigación. También mencionó que, en ese mismo contexto temporal, Palacio ordenó el formateo de tres computadores –el suyo, el de su asistente y el de la Secretaria General del Área–, equipos que podrían contener información clave para el esclarecimiento de los hechos.
Para las exfuncionarias Roldán y Montoya, la Fiscalía pidió medidas de aseguramiento menos restrictivas, imponiendo la obligación de permanecer en el país y presentarse periódicamente ante una autoridad judicial. Durante la diligencia del lunes 2 de marzo, el representante de las víctimas anunció la adición de ocho nuevos elementos probatorios para reforzar la petición de prisión preventiva contra Palacio, mientras se esperaba la intervención de la defensa.
¿Qué implica la medida de aseguramiento intramural solicitada contra un exfuncionario público? Esta inquietud adquiere especial relevancia, dado que en Colombia la medida de aseguramiento intramural consiste en la privación de la libertad de la persona investigada en un centro de reclusión mientras avanza el proceso penal. Suele solicitarse cuando existen pruebas suficientes sobre la posible participación del acusado en delitos graves y se presume que su libertad podría poner en riesgo el desarrollo de las investigaciones, la protección de la evidencia o la seguridad de los testigos involucrados.
El uso de esta medida busca garantizar que las actuaciones del imputado no interfieran con el proceso judicial y refleja la gravedad de los cargos atribuidos. El caso de Jan David Palacio, debido a su rol como exdirector del AMVA y la cantidad de recursos presuntamente comprometidos, constituye un ejemplo que suscita debate sobre la efectividad de los mecanismos de control institucional en la contratación pública.
¿Qué significa el delito de peculado por apropiación? El peculado por apropiación es un delito que se presenta cuando un servidor público se apropia o dispone de bienes o recursos del Estado para su propio beneficio o el de terceros, en contravención de la ley y los principios que rigen la administración pública. Este tipo de conducta atenta directamente contra el patrimonio público y la confianza ciudadana en las instituciones estatales.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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