La decisión del alto tribunal fue revelada por Semana y sostiene que, si bien existió una infracción de la medida sanitaria por parte de Angélica Lozano, la conducta “está despojada de toda relevancia penal”.

El semanario destaca que, para la Corte, la acción de Lozano no implicó la propagación del coronavirus y exponen que existen maneras diferentes a la penal para imponer una sanción.

“Existen otros mecanismos para sancionar la transgresión de una medida sanitaria con la insignificancia para propiciar el ejercicio de la persecución penal […] en concreto, la sanción de naturaleza pecuniaria”, reza la decisión citada por Semana.

Claudia López e Iván Duque

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Así pues, todo quedaría saldado con una multa. Y esto ya ocurrió.

La misma Lozano publicó imágenes para demostrar que la multaron por violar el confinamiento al salir a comprar víveres con la alcaldesa Claudia López.

La denuncia que buscaba una sanción penal contra Lozano fue interpuesta por Pablo Bustos, presidente de la Red de Veedurías, recuerda la revista.

De hecho, el denunciante esperaba que se indagara sobre la orientación sexual de la senadora para determinar cuál de las dos estaba autorizada para salir por el pico y género.

Senadora Angélica Lozano y alcaldesa de Bogotá, Claudia López.

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Ante esta solicitud, el alto tribunal respondió que “examinar la orientación sexual de los ciudadanos implica una injerencia arbitraria y desproporcionada”.

El anuncio de la corte llega el mismo día en que Claudia López aseguró que la investigación de la Fiscalía por ese episodio era un abuso de autoridad.

En entrevista con El Nuevo Siglo, la alcaldesa dijo que el órgano judicial “se está metiendo en una controversia que no tiene fundamento penal, sino político, y para eso no es la Fiscalía”.