Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 7, 2026 - 9:01 pm
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La Secretaría de Educación anunció la expedición de la Resolución 1037 de 2026, una directriz que establece las reglas y limitaciones para el uso de teléfonos móviles y otros dispositivos de pantalla en los colegios públicos y privados de Bogotá. Según la decisión, ningún estudiante podrá emplear estos aparatos con propósitos distintos a los educativos. La norma deja en manos de cada institución la potestad de definir si los dispositivos pueden estar en poder de los alumnos o si se custodiarán durante los recreos y hasta el final de la jornada escolar.

La regulación precisa que el uso de teléfonos, así como de tabletas, computadores y televisores, estará permitido desde octavo grado en adelante siempre bajo vigilancia de los profesores, y únicamente cuando la actividad o el proyecto académico así lo exija. Para los estudiantes en educación inicial, específicamente en ciclo 1 y prejardín, no habrá acceso permitido a ninguna pantalla. Los menores en los grados jardín y transición podrán usar estos dispositivos hasta 30 minutos por día. Para los alumnos de primaria, el tiempo máximo será de una hora diaria, y aquellos que cursan sexto y séptimo grado tendrán como límite dos horas diarias.

De acuerdo con la fuente original, la resolución también contempla excepciones orientadas a garantizar el bienestar y la inclusión de los estudiantes. Por ejemplo, está autorizado el uso de dispositivos para monitoreo de salud, intervención en casos de emergencia o provisión de apoyos particulares para asegurar la permanencia y participación plena de alumnos con necesidades específicas, como quienes presentan alguna discapacidad visual o auditiva.

Además de restringir los aparatos electrónicos, la resolución prevé estrategias complementarias para fomentar su cumplimiento y fortalecer el papel de la comunidad escolar. Entre las medidas está la formación de los docentes en alfabetización digital crítica, el acompañamiento de la Oficina para la Convivencia Escolar y campañas de sensibilización dirigidas a los padres de familia. Estas campañas invitan a que establezcan “límites razonables” al uso de pantallas en el hogar. Finalmente, la Secretaría de Educación adelantará, tras un año de vigencia de la norma, un balance para evaluar el impacto de la restricción en las instituciones educativas capitalinas.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Cuáles son las excepciones al uso de celulares en colegios de Bogotá, según la Resolución 1037?

La Resolución 1037 de 2026 establece que, aunque en general está restringido el uso de dispositivos de pantalla en los colegios de Bogotá, existen excepciones en casos específicos. Se permite el uso cuando sea necesario para monitorear la salud del estudiante, intervenir en emergencias o facilitar la inclusión de alumnos con necesidades específicas, como discapacidades visuales o auditivas, para garantizar su permanencia y participación educativa.

¿Qué acciones tomarán los colegios para implementar la restricción de celulares y pantallas?

De acuerdo con la Secretaría de Educación, la implementación de la restricción no será solo normativa. Las instituciones deberán capacitar a sus docentes en alfabetización digital crítica, contar con el acompañamiento de la Oficina para la Convivencia Escolar y promover la sensibilización de los padres sobre la importancia de establecer límites al uso de pantallas en casa. Además, tras un año de aplicación, la Secretaría realizará un balance de los resultados de la medida.


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