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Redactor     Jun 7, 2024 - 12:07 pm

Por increíble que parezca, los usuarios de Transmilenio que, en medio de su afán cotidiano, consuman alimentos o bebidas dentro del bus, podrán ser amonestados con fuertes multas económicas por las autoridades, pues esto está prohibido según el manual del usuario.

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Aunque esto pueda deberse a una respuesta contra los vendedores ambulantes que se suben al sistema diariamente para conseguir su sustento —y cuyo oficio también es ilegal según el mismo manual—, lo cierto es que hay un artículo en el que se respaldan los agentes para imponer multas por esta razón.

Y es que, acorde con el Manual del usuario de Transmilenio, los viajeros que consideren destapar un paquete de papas o comerse unas galletas para picar mientras llegan a su destino, podrán ser amonestados con una multa tipo 1, tal como lo explica la norma:

“Multa tipo 1: Quien consuma alimentos, bebidas, derivados del tabaco o sustancias prohibidas al interior de los buses o infraestructura del Sistema”.

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Quienes ingieran alimentos, bebidas, derivados del tabaco o sustancias prohibidas dentro de los buses deben pagar una multa equivalente  4 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivaldría a 173.332 pesos colombianos. 

Irónicamente, al igual que esta multa, la normativa de Transmilenio también consigna una multa tipo 1 para aquellas personas que agredan, empujen o irrespeten a las demás personas durante su acceso, permanencia o salida del sistema, algo muy común en el ingreso a cualquier vehículo en hora pico.

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