Las acciones de la Policía en las noches del 9 y 10 de septiembre de 2020 (9S) en Bogotá “vulneraron el derecho a la seguridad pública”, concluyó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al fallar una acción popular. En la sentencia, los magistrados concluyeron que la fuerza pública abusó de su autoridad con acciones que dejaron una decena de muertos en la ciudad. También reprochó que, pese a que han pasado más de dos años, las investigaciones sobre estas irregularidades aún no culminan y ordenó el traslado fuera de Bogotá de los policías que estuvieron involucrados en estos hechos, así como otras acciones por parte de la Alcaldía.

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El fallo lo dice sin rodeos: “se logró establecer que en desarrollo de la protesta social llevada a cabo los días 9 y 10 de septiembre de 2020, se presentaron irregularidades en el desarrollo de la protesta social por parte de la Policía Nacional, relacionados con abuso de autoridad”. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca llegó a esta conclusión ante las abundantes evidencias que presentó el demandante, el exveedor de Bogotá y exministro Guillermo Rivera. Entre otras pruebas, Rivera allegó la relatoría independiente que coordinó el exdefensor Carlos Negret sobre esas jornadas.

Ese informe de cuenta del ambiente de violencia y destrucción que dejó 10 muertes y decenas de heridos en las protestas que siguieron al asesinato en custodia policial del estudiante Javier Ordóñez. Para el Tribunal, “se trató de una conducta que encuadra dentro de la noción general de abuso de la función, con lamentables resultados de muertos, heridos (estos no solo particulares sino también miembros de la Policía), la destrucción de bienes públicos y privados por parte de algunos de los manifestantes y la alteración del orden público en la ciudad durante los días de protesta”.

Al vulnerar el derecho a la seguridad pública, agrega el fallo, también se afectó la imagen de la Policía “en tanto se afectó el deber de protección y la confianza del ciudadano en una de las instituciones básicas para asegurar la convivencia pacífica en un marco de protección de los Derechos Humanos”. Prueba de ello, según el Tribunal, es que desde los hechos del 9S en Bogotá se desplomó la confianza en la Policía, según datos recopilados por la Universidad de los Andes. Además, se han iniciado cientos de procesos disciplinarios y penales, muchos de los cuales aún están inconclusos.

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“No han culminado las investigaciones en varios de los casos, según los informes recibidos, circunstancia que no contribuye al esclarecimiento y a las garantías de no repetición, elemento fundamental del propósito perseguido por la acción popular, tendiente a precaver la reiteración de conductas lesivas de los derechos e intereses colectivos”, reprochó el Tribunal. De allí que entre las órdenes que imparte el fallo también halla fuertes llamados a la Procuraduría y la Fiscalía, que deberán entregar un informe detallado de todas las investigaciones que han puesto en marcha contra policías por los hechos del 9 y 10 de septiembre de 2020.

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De otro lado, la Policía Metropolitana de Bogotá debe asegurar “la rotación o traslado fuera de la ciudad de la totalidad del personal que prestó sus servicios en los CAI comprometidos en los hechos del 9 y 10 de septiembre de 2020″. Es decir, todos los agentes que estuvieron involucrados en la violencia que siguió a la muerte de Javier Ordóñez no podrá laborar en la capital. Además, se ordenó a la Alcaldía de Bogotá la rehabilitación psicosocial de las víctimas de esos hechos violentos.