Por: La Silla Vacía

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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Sep 15, 2023 - 4:54 pm
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El discurso se esparció en la opinión pública cuando el gobierno lo restransmitió en cadena nacional, rompiendo la programación de los canales privados. Esto generó una respuesta de Argos defendiéndose del señalamiento, y posturas a favor de uno y otro. Mientras el ex ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, destacó el “profesionalismo” de la cementera, el ex ministro de Agricultura Juan Camilo Restrepo dijo que las acusaciones de Petro no eran nada “descabelladas”.

Para saber quién tiene la razón en esa discusión, le pasamos el Detector de Mentiras y encontramos que las afirmaciones de Petro relativas a que Argos se quedó con la tierra de campesinos que fueron masacrados y desplazados están respaldadas en al menos 17 sentencias judiciales en contra de la cementera, el informe de la Comisión de la Verdad y un informe del Centro Nacional de Memoria Histórica.

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Pero es engañoso decir que por eso Argos “expropió” a los campesinos, es decir que les quitó la tierra contra su voluntad y no les pagó, como se ha usado el término en la opinión pública.

Mientras tanto Argos hizo varias afirmaciones engañosas en su respuesta, como que fue objeto de “algunas reclamaciones” (minimizando los hechos), que actuó de manera diligente, cuando los jueces han dicho lo contrario, y que no se opuso a los procesos de restitución, cuando lo ha hecho alegando ser poseedor de buena fe.

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Lo que dijo el presidente Petro y lo que le respondió la cementera Argos

El presidente en su discurso dijo textualmente: “La gran empresa amiga del gobierno del presidente de ese entonces, Argos, de quién es, del mismo dueño de El Colombiano, del Grupo Empresarial Antioqueño, se quedó con la tierra de los desplazados. No voy a acusarlos de la masacre (de El Salado), no sabemos de eso, pero se quedó beneficiaria del fruto de la masacre y de la sangre, se quedó con la tierra de los campesinos. Y alguien en algún lugar acaso dijo: ¿que lo que había hecho Argos era una expropiación a miles de campesinos?

Pasaron los años y los procesos judiciales, 22, hasta que los jueces decidieron justicia y decidieron que debía restituirse la tierra que se le había quitado a los campesinos.

Hoy ni siquiera estamos entregando esa tierra. ¿Qué perdía Argos por entregar tierras apenas se dio cuenta apenas los indicios y las denuncias empezaron a aparecer, no fueron capaces de devolver la tierra?

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Ya pasaron los años de los 22 procesos judiciales y ya los perdieron todos. Ahora entregan un predio en donación, pues que sea el comienzo de un mensaje no solo del grupo Argos sino del gran capital en Colombia”.

Argos, la cementera más grande del país, respondió por su parte: “Con la entrada en vigencia de la Ley 1448 de 2011, posterior a la compra por parte de Argos, se conocieron algunas reclamaciones que presentaron los propietarios iniciales de las tierras, con quienes la compañía nunca tuvo relación. Las decisiones judiciales de restitución de tierras que se han proferido en ningún momento han concluido que se generaron desplazamientos ni despojos por parte de Argos. La organización siempre obró de buena fe y nunca se opuso a los procesos de restitución. La compañía, que no tuvo ninguna injerencia ni participó en esas ventas iniciales, tomó la decisión de transformar el proyecto ambiental en un proyecto social, con lo cual, en el año 2015, y de la mano de la comunidad se donaron las 6600 hectáreas, es decir, la totalidad de los predios en El Carmen de Bolívar y Ovejas a la Fundación Crecer en Paz, entidad sin ánimo de lucro, independiente de Argos”.

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La situación de violencia generalizada de los Montes de María era un “hecho notorio”, dicen las sentencias en contra de Argos y este mismo no lo ha negado

A partir de 2008, como lo señala la cementera, y hasta aproximadamente 2011, Argos compró 6600 hectáreas en los municipios de El Carmen de Bolívar, San Jacinto (Bolívar), San Onofre, Ovejas (Sucre) y San José de Becerril (Cesar). El objetivo era destinarla a la siembra de Teca, una madera nativa de Indonesia de las más finas del mercado. Lo hizo, según la cementera, atendiendo la invitación del gobierno nacional de la época (Álvaro Uribe) a invertir en esa zona.

Pero desde el año anterior, el Comité Departamental de Atención Integral a la Población Desplazada de Bolívar, mediante acta No 001 del 3 de octubre de 2007, había declarado “la inminencia y riesgo de nuevos desplazamientos por la compraventa masiva e indiscriminada de tierras”, por lo cual limitó la enajenación o transferencia de inmuebles rurales.

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En la misma línea, la gobernación de Bolívar mediante Resolución 01 del 3 de octubre de 2008 también alertó sobre: “la inminencia de riesgo de nuevos fenómenos de desplazamiento por las tensiones interiores originadas por la venta masiva e indiscriminada de tierras que pueden alterar el orden socioeconómico de la Zona Baja del Municipio de El Carmen de Bolívar”.

Sin embargo, según la sentencia número 004 en contra de Argos, del Tribunal Superior de Antioquia Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, del 12 de octubre de 2016, la restricción de venta que establecía el Comité de Atención de la Población Desplazada no fue inscrita en varios predios, se inscribió después de hechas las ventas o fue levantada de manera irregular”, lo que permitió que se continuara con la enajenación de inmuebles en medio de la violencia y pese a las alertas, como fue el caso de la cementera.

Así lo documentó el informe del Centro de Memoria Histórica de 2010 “La tierra en disputa”: “En varias regiones azotadas por la violencia se ha dado el fenómeno de compras masivas de tierras, cuyo ejemplo más claro se encuentra sin duda en la región de Montes de María… No hay que olvidar que El Carmen de Bolívar es el municipio de mayor número de muertes violentas en toda la región y de mayor cantidad de población desplazada expulsada de su territorio durante los últimos quince años”.

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“También se ha visto que en El Carmen de Bolívar se presentaron varios momentos de aumento en el movimiento de predios, en años muy posteriores a los episodios más fuertes de violencia, como es el de las masacres del 2000. En efecto, los picos en ese movimiento se vieron en los años 2005 y 2006 y recientemente, en los años 2008 y 2009”.

Según un diagnóstico del departamento de Bolívar del Observatorio del Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH de 2007, en ese lugar la historia de violencia es de larga data y diferentes actores armados ejercieron dominio durante el tiempo: “esta región ha tenido altos niveles de violencia debido a una fuerte presencia de actores armados. Así, a inicios de los noventa incursionaron los frentes guerrilleros 35 y 37 de las FARC, así como el frente Jaime Batemán Cayón del ELN. Por su parte, las Autodefensas Unidas de Colombia (AU) operaron en la zona desde finales de los noventa a través del frente Rito Antonio Ochoa. Posteriormente, este frente fue subsumido por el frente “Héroes de Montes de María”, el cual perpetró varias masacres, entre ellas las de El Salado, Chengue y Macayepo…”. Esto se lee en la sentencia T-699A/11 de la Corte Constitucional.

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El mismo Grupo Argos ha reconocido en los procesos judiciales la situación anómala en medio de la cual compró las 6600 hectáreas, sólo que no considera que eso desvirtúe su debida diligencia:

“El conocimiento por parte de Cementos Argos de la violencia que ha vivido el país y de las regiones más afectadas por el conflicto, no puede bastar para que se afirme que cuando tomó la decisión de invertir en esas regiones lo hizo alejada de la buena fe exenta de culpa”, dijo Argos en su defensa en uno de los procesos judiciales. Ese argumento ha sido desvirtuado por varias sentencias judiciales.

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Al menos 17 sentencias de jueces de restitución de tierras han ordenado restituir la tierra a Argos

En su discurso Petro habló de 22 sentencias que le ordenaron a Cementos Argos restituir la tierra a campesinos. En sus Twitter, él y Gerardo Vega, el director de la Agencia Nacional de Tierras, publicaron imágenes de las bases de datos que tienen la relación de esos fallos.

Al consultar varios de los radicados en la página de la rama judicial apareció que no era posible acceder a la información. Pero una investigación del medio Rutas del Conflicto publicada en septiembre de 2022 sí estableció que 17 sentencias de jueces de restitución de tierras, proferidas entre 2016 y 2021, anularon las compras que hizo Cementos Argos de predios ubicados en los Montes de María y en el César, principalmente.

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La cementera ha tenido que restituir “más de 1.300 hectáreas que años antes habían sido vendidas por campesinos desplazados por la violencia”, dice la investigación. Esto es un 20 por ciento de las 6600 hectáreas que compró en esa zona.

La Fundación Crecer en Paz, que creó Argos para donarle en 2015 esos terrenos a campesinos, le dijo a Rutas del Conflicto que aún están pendientes las sentencias sobre 18 predios en reclamación.

Lo anterior es contrario a la afirmación que hizo el presidente de Cementos Argos, minimizando la cantidad de demandas de que han sido objeto. En un comunicado en reacción al discurso de Petro afirmó que, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Víctimas (1448/11), “se conocieron algunas reclamaciones que presentaron los propietarios iniciales de las tierras, con quienes la compañía nunca tuvo relación”. Han sido al menos 17 los fallos.

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Por su parte, presidente Petro en su discurso en el Salado dijo que la en la práctica Argos expropió la tierra de campesinos desplazados pues en la medida que se quedó con varias de ellas se benefició con el producto de “la sangre” y “de la masacre”. Dijo textualmente, en todo caso, que no estaba acusando a la empresa de las masacres como tal. Pero es engañoso decir que por eso Argos “expropió”. Pues una cosa es que se haya beneficiado del despojo como lo demuestran las sentencias que ordenan restituir las tierras producto del mismo, y otra que Argos les haya quitado las tierras directamente a los campesinos contra su voluntad y adicionalmente no les haya pagado, como se entiende el término expropiar en la opinión pública.

Así para el presidente sean equivalentes. Esto último no ha sido probado en los procesos judiciales que le han ordenado devolver la tierra. La compra la hizo Argos de intermediarios, muchos de ellos reconocidos en las sentencias como compradores masivos que pudieron cometer delitos. Y los actos de despojo han sido atribuidos a diferentes actores del conflicto armado según la época.

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Argos no ha sido reconocido como poseedor de buena fe exenta de culpa en las sentencias que le han ordenado restituir, contrario a lo que dice

En ninguna de las 17 sentencias que revisó Rutas del Conflicto se le reconoció a Cementos Argos alguna indemnización por las compras que hizo, pues no pudo probar en esos casos que era un poseedor de buena fe exenta de culpa. Es decir, que no fue lo suficientemente diligente para determinar que los bienes que estaba adquiriendo no eran provenientes de una situación de desplazamiento forzado, por ejemplo, que viciara los negocios.

En contradicción con esto, en su respuesta reciente al presidente Petro señaló: “fue así como adquirieron 6600 hectáreas en dichos municipios, para lo cual se adelantó una debida diligencia que incluyó la contratación previa de un estudio de títulos, sin intermediarios, pagando el justo precio y apegados en todo momento a la ley”.

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Pero no era suficiente según los jueces de restitución de tierras, que la cementera hiciera un estudio simple de títulos de propiedad de los inmuebles sin remitirse al contexto de violencia del lugar y desconociendo las advertencias de las autoridades de que se trataba de predios protegidos que no se podían vender. El nivel de diligencia en zonas afectadas por el conflicto armado es mayor que el que se exige en condiciones normales para la celebración de contratos.

En relación con esto, la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia, en la sentencia número 004, habló de un “aprovechamiento masivo de la situación de violencia” de Argos y por eso negó el reconocimiento de cualquier indemnización.

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“Está demostrado que Cementos Argos adquirió en un mismo momento varios predios afectados por contextos de violencia asociados al conflicto armado en sentido amplio, motivo por el cual no puede ser beneficiario de una compensación económica a cargo del Estado por dos razones: (1) demuestra actividades o comportamientos repetidos a pesar del contexto con lo cual puede sospecharse el aprovechamiento masivo de la situación de violencia; (2) El carácter repetido y el esquema de compras da lugar a la posibilidad de una planeación que otorga a sus comportamientos un atributo de patrón de sistematicidad”.

Continúa el tribunal: “A pesar del cuadro de violencia vivido en la región y la afectación directa de la familia del señor Fernández Yepes, a la cementera solo le importó concentrar la mayor cantidad de predios para implementar su proyecto forestal (se refiere a la siembra de Teca una de las maderas más finas del mercado), incurriendo aún en irregularidades en su adquisición, pasando por alto las especiales calidades del inmueble, la forma en que Echeverría Ramírez y Saldarriaga Jaramillo (los intermediarios de quienes adquirió algunas de las propiedades) ejecutaron para su beneficio una desmesurada contrarreforma agraria, que en tan solo dos años por hectárea de tierra a este último le representó una ganancia de más de mil por ciento”.

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Menciona el tribunal que mientras al beneficiario de la restitución se le pagó poco más de 4 millones por toda la tierra, Saldarriaga Jaramillo le cobró a Cementos Argos, 3 millones por cada hectárea, según lo informó en el proceso, su representante Fiduciaria Fiducor.

En concordancia con lo anterior, el Caso 079 del informe de la Comisión de la Verdad, que fue liderada por el padre Francisco de Roux, a quien Argos invitó a acompañar el proceso de la Fundación Crecer en Paz, señala que la cementera usó un esquema de compra de las tierras en los Montes de María y Cesar que denota un nivel de sofisticación que buscaba desligarlos de los dueños iniciales y por ende dificultar cualquier eventual reclamación de restitución.

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Esta información proviene además de testimonios recabados en sus tres años de funcionamiento, del informe que elaboró la Fundación Forjando Futuros, que dirigía anteriormente Gerardo Vega, actual director de la Agencia Nacional de Tierras, que estudió 16 sentencias en contra de Argos proferidas por cinco tribunales diferentes (tribunales de Cartagena, Cúcuta, Bogotá, Cali y Antioquia).

Dice el informe de la Comisión de la Verdad que “El objetivo de ARGOS era ambicioso: adquirir tierras de alta calidad, a bajo costo, con localización óptima y acceso a redes de servicios para desarrollar proyectos agroforestales a gran escala. Para lograrlo, estimularon una red de aliados estratégicos (terceros inversionistas) que adquirieron los predios en los Montes de María y los negociaron con la compañía para no hacerlo directamente con campesinos parceleros”.

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Eso le da pie a la Comisión para decir que Argos hizo parte del patrón de despojo de las tierras: “La compra masiva de tierras al campesinado no sólo supuso una modalidad de despojo, sino el extravagante enriquecimiento ilícito de Goliat en desmedro de David, con el auspicio del gobierno de la época, como se ha dicho de manera reiterada…”, dice el informe.

Esos predios eran transferidos a un patrimonio autónomo que administraba la Fiduciaria Fiducor (hoy Alianza Fiduciaria) y del que era beneficiario Cementos Argos.

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“ARGOS desarrollaba el proyecto agroforestal con el apoyo del gobierno nacional y la cooperación internacional, en el marco de las políticas públicas ambientales de incentivos forestales (CIF)”, concluye el informe de la Comisión.

Otra de las sentencias proferidas en contra de Argos es la de la Sala Civil Especializada de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cartagena, del 27 de marzo de 2019. Según el tribunal con el esquema complejo de compra que montó Cementos Argos, bajo el argumento de atraer inversionistas, “terminó incluyendo el bien de las víctimas solicitantes en una cadena traditicia que distrajo la problemática de los desplazados por el conflicto armado, iniciales propietarios del fundo, y generó que la sociedad Argos S.A., en el contrato de fiducia reflejara una ambigua relación respecto a los bienes fideicomitidos y que terminó diluyendo de la vista pública su participación en la compraventa del bien pedido en restitución”.

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Ese tribunal también dijo que era inexcusable que una empresa de esa envergadura, así como, de la de la Fiduciaria Fiducor S.A. no hubiera advertido todos los riesgos que tenían esas compras: “sobre todo el riesgo que asumió como negociante al momento de adquirir predios que otrora fueron de propiedad de personas víctimas de desplazamiento forzado lo que hacía suponer aún al más desprevenido de los contratantes una muy alta probabilidad de que los acuerdos realizados podrían estar afectados por vicios del consentimiento…”, afirman los magistrados.

Argos y Tekia, una de sus filiales a través de la cual también compró predios en los Montes de María, le negaron a Rutas del Conflicto que hayan tenido alguna relación con los intermediarios y dicen que en ninguna sentencia se les ha culpado de esto. De hecho señalan que han demandado a algunos de ellos para que les restituyan el precio que pagaron por los bienes que han tenido que restituir a sus dueños originales.

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Sobre el patrimonio autónomo que constituyeron explicaron que es un esquema usual que da confianza y transparencia a potenciales inversionistas a quien buscaban vincular a su proyecto agroforestal.

El artículo 79 de la Ley de Víctimas, 1480 de 2011, es claro en señalar que los jueces civiles del circuito especializados en restitución de tierras son los competentes para conocer de esos procesos en única instancia siempre que no haya opositores. En caso contrario, hacen todo el desarrollo del proceso y antes de fallar lo trasladan al tribunal superior sala civil especializada en restitución de tierras del respectivo lugar, para que esta emita la sentencia.

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Aunque en varias de las sentencias contra Cementos Argos se lee que este reitera que no se opone a las pretensiones del solicitante de la restitución —siempre que demuestre su derecho—, en realidad cuando alega, como lo hizo en varios procesos, ser poseedor de buena fe exenta de culpa, con miras a una indemnización, esto equivale a una oposición. En ese caso el trámite y los tiempos son diferentes.

“A primera vista pareciera que no se persigue ejercer resistencia…Pero en contraste a ello, realmente sí entraña una verdadera resistencia, por cuanto los argumentos esgrimidos en pro de su defensa amplían el litigio al introducir en la discusión hechos diversos de aquellos afirmados por el actor, alterando por ende el ámbito de la decisión y sus posibles límites”, dice la sentencia número 004 del 12 de octubre de 2016 de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia.

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“De ahí que se puede colegir que la actitud del opositor al plantear hechos nuevos, diversos a los postulados en la demanda y que amplían el debate probatorio en torno a los elementos sobre los que está instituida la solicitud, y principalmente al enderezar su alegato a probar que es un titular de derechos adquiridos de buena fe exenta de culpa, tiene la intención de enervar las pretensiones del solicitante y constituye una oposición que activa la competencia de este Tribunal según lo contemplado en el artículo 79 de la Ley 1448 de 2011”, agrega el Tribunal.

En este proceso Fiduciaria Fiducor S.A., como representante del fideicomiso denominado patrimonio autónomo 732-1435 cuyo beneficiario es Cementos Argos S.A., se opuso a la restitución.

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Por otro lado, Grupo Argos ha negado cualquier relación con los propietarios iniciales de las tierras. Pero al menos la sentencia del Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado de Restitución de Tierras de Valledupar, Cesar, del 18 de diciembre de 2019, muestra lo contrario: “Ahora bien, durante el interrogatorio del solicitante este manifestó que su predio lo vendió al señor Edgardo Percy Diazgranados —representante de Carbones del Caribe, una empresa señalada de tener vínculos con paramilitares (aclaración por fuera de la cita)—, sin embargo, el certificado de tradición y libertad No. 190-52614 registra en su anotación No. 10 que la propiedad de la Parcela No. 14 fue transferida a la sociedad Concretos Argos S.A…” por Hernán Manel Medrano, el reclamante, que fue reconocido en la misma sentencia como víctima.

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