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Este artículo fue curado por pulzo   Nov 19, 2025 - 9:18 am
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Al llegar diciembre, uno de los temas que concentra la atención de la mayoría de los trabajadores en Colombia es el pago de la prima navideña. Esta prestación social, señalada por el Código Sustantivo del Trabajo y confirmada por el Ministerio del Trabajo, representa una parte fundamental de los ingresos de fin de año, aliviando en muchos hogares los gastos de la temporada. La prima navideña no solo es un derecho laboral sino también una ayuda significativa que complementa el salario del segundo semestre, permitiendo a miles de familias atender obligaciones y disfrutar de las festividades con un respaldo financiero adicional.

De acuerdo con la normativa laboral, la prima corresponde al valor de treinta días de salario por cada año trabajado, divididos en dos pagos semestrales: el primero se entrega en junio y el segundo a más tardar el 20 de diciembre para el sector privado, mientras que en el sector público la fecha límite es el 15 de diciembre. No obstante, si el empleado no completó el semestre, la empresa debe calcular el pago de manera proporcional a los días laborados. Este beneficio aplica solo para quienes mantienen un contrato laboral a término fijo, indefinido o modalidades amparadas por la ley, y excluye a contratistas independientes, voluntarios y otras figuras no cubiertas por la legislación vigente.

Para determinar el valor exacto de la prima, el Ministerio del Trabajo establece una fórmula clara: se multiplica el salario base por los días trabajados y el resultado se divide entre 360. En este cálculo, deben sumarse conceptos que conforman el salario ordinario, incluyendo horas extras, recargos por trabajo nocturno, pagos de domingos o festivos y cualquier bonificación de tipo salarial. Además, para quienes reciben menos de dos salarios mínimos, el auxilio de transporte se incorpora a la base de liquidación.

Un ejemplo concreto, citado en los datos publicados por 90 Minutos, indica que un empleado que devenga el salario mínimo y trabajó todo el semestre recibirá aproximadamente $811.750 como prima. Si la vinculación fue posterior—asumiendo, por ejemplo, una fecha de ingreso del 1 de julio con un salario de $1.623.500—el monto se ajusta a los días efectivamente laborados, resultando en una prima cercana a $780.181. Por su parte, si la persona comenzó a trabajar el 1 de agosto, el pago rondaría los $640.380.

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El pago puntual de la prima no solo es un respaldo económico, sino también la garantía de un derecho laboral estratégico para los trabajadores. Las fechas establecidas por el Código Sustantivo del Trabajo tienen carácter obligatorio y su incumplimiento puede acarrear sanciones para los empleadores. Así, con la llegada de diciembre, la prima navideña contribuye a consolidar la seguridad financiera de los empleados y a robustecer el sentido de protección social en el entorno laboral colombiano.

¿Qué sucede si una empresa no paga la prima navideña dentro del plazo legal?

Esta es una inquietud frecuente entre los trabajadores, especialmente al acercarse la fecha límite establecida por la ley. Cumplir oportunamente con la prima navideña es una obligación que respalda tanto el bienestar de los empleados como la legalidad de las empresas ante la autoridad laboral.

Según la información contenida en el Código Sustantivo del Trabajo y referida por 90 Minutos, la omisión o retraso en el pago de la prima puede acarrear sanciones legales a los empleadores. Estas consecuencias buscan garantizar la observancia de los derechos laborales y asegurar que los fondos destinados a la prima efectivamente lleguen a los trabajadores en las fechas estipuladas.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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