La constructora Oikos fue denunciada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por cerca de 100 propietarios del proyecto Oikos Savanna, ubicado en Cajicá, Cundinamarca, debido al incumplimiento en la construcción y entrega de las zonas comunes complementarias prometidas desde el inicio del proyecto.
Aunque la empresa comenzó a entregar viviendas hace más de siete años y ya había desarrollado tres etapas con aproximadamente 506 casas entregadas desde 2018, no cumplió con la construcción de los dos club house, la vía de acceso a la autopista norte ni el centro empresarial, todos incluidos en el reglamento de propiedad horizontal y en el material de venta inicial.
Los afectados aseguraron que estas promesas fueron determinantes para la compra de sus viviendas y denunciaron que, pese al incumplimiento, Oikos continuó promocionando dichas zonas comunes en sus salas de ventas para atraer a nuevos compradores.
Propietarios como Jaime Daza, Nidia Delgado y Diego Prieto expresaron sentirse engañados y señalaron que, pese a múltiples gestiones legales, la constructora solo ofreció respuestas evasivas.
Aunque Oikos se comprometió por escrito en 2025 a iniciar las obras en septiembre de ese año, no se evidenció avance alguno ni licencias de construcción.
Los denunciantes solicitaron la instalación de una mesa técnica con acompañamiento de autoridades locales y de control para definir un cronograma que garantizara el cumplimiento de lo prometido, pues el incumplimiento afectó a más de 500 familias y a cientos de niños y adolescentes.
¿Qué dice fallo de la Rama Judicial sobre el caso?
El Juzgado 21 Penal del Circuito de Bogotá resolvió una tutela presentada por Henry Niño Ramírez y Jaime Daza contra el Grupo Empresarial Oikos S.A.S. por considerar que la empresa vulneró su derecho de petición y de acceso a la información.
Los accionantes, propietarios del proyecto Oikos Savanna en Cajicá, habían solicitado en septiembre de 2025 información clara y documentada sobre la construcción de los club house prometidos, como planos aprobados, licencias, cronogramas de obra, número de viviendas autorizadas y el uso de los recursos que ellos pagaron para las zonas comunes.
Aunque Oikos respondió formalmente, los propietarios afirmaron que la respuesta fue incompleta, evasiva y sin documentos que permitieran verificar lo dicho.
En primera instancia, un juzgado negó la tutela al considerar que la empresa sí había respondido. Sin embargo, en segunda instancia, el Juzgado 21 concluyó que la respuesta no cumplió con los requisitos legales, ya que no entregó los documentos solicitados ni explicó de manera clara y comprobable la situación real del proyecto.
El juzgado señaló que el derecho de petición exige respuestas claras, completas, oportunas y con soporte documental, especialmente cuando se trata de información que afecta el patrimonio de los ciudadanos.
Por ello, revocó el fallo inicial y ordenó a Oikos entregar, en un plazo de 48 horas, una respuesta de fondo con todos los documentos solicitados. También advirtió que el incumplimiento podría generar sanciones por desacato.
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