En Colombia, un número creciente de ciudadanos opta por vivir en arriendo. Para muchos, esta modalidad representa una opción económicamente más accesible que iniciar un proceso de compra de vivienda propia, considerando los costos iniciales, los trámites y las condiciones de financiación que implican adquirir un inmueble.
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Sin embargo, no todos saben que, al arrendar un predio, existe una figura contractual que permite, bajo ciertas condiciones, adquirirlo posteriormente. Se trata del ‘leasing’ inmobiliario, un mecanismo de financiación que otorga al arrendatario la opción de compra mientras continúa pagando el canon de arrendamiento. Esta modalidad solo puede establecerse si ambas partes —arrendador y arrendatario— lo acuerdan expresamente en el contrato.
El ‘leasing’ inmobiliario funciona como una combinación de arrendamiento y compraventa. A través de este, se estipula que el pago mensual del canon se destinará, en parte o en su totalidad, a abonar el precio final del inmueble. De esta forma, al término del contrato, el arrendatario puede ejercer la opción de compra y convertirse en propietario.




Así funciona el ‘leasing’ inmobiliario
Para implementar esta modalidad, es necesario que, junto al contrato de arrendamiento, se suscriba un contrato de ‘leasing’ inmobiliario en el que se especifiquen los términos del alquiler y la eventual adquisición del bien. En dicho acuerdo, el propietario del inmueble se compromete a venderlo al arrendatario si este decide ejercer su derecho de compra al finalizar el plazo estipulado.
Es fundamental que el contrato establezca de manera clara las condiciones, plazos y valores, así como si la opción de compra será irrevocable. En los casos en que se pacta esta condición, el monto pagado mensualmente como arriendo se acreditará como parte del precio total de la compraventa. De esta forma, los pagos periódicos dejan de ser únicamente un gasto de arrendamiento para convertirse en una inversión destinada a la adquisición de la propiedad.



El valor total del predio en un contrato de ‘leasing’ inmobiliario puede definirse desde el momento de la firma, mediante un precio fijo y plazos determinados, o establecerse para su cálculo cuando el arrendatario decida ejercer la opción de compra.
En cualquiera de los casos, se debe descontar del precio final el monto acumulado por concepto de arriendo durante la vigencia del contrato, siempre que se haya pactado que estos pagos constituyen abonos a capital.
Además, para garantizar la validez y seguridad jurídica de la operación, el acuerdo debe inscribirse en el Registro de la Propiedad Inmueble. Esto asegura que ambas partes cumplan los compromisos establecidos y evita futuros inconvenientes legales.
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