De acuerdo con la página de esa institución, las multas generales se clasifican de la siguiente manera:
- Tipo uno: 4 salarios mínimos diarios (110.412 pesos).
- Tipo dos: 8 salarios mínimos diarios ( 220.824 pesos).
- Tipo tres: 16 salarios mínimos diarios (441.648 pesos).
- Tipo cuatro: 32 salarios mínimos diarios (883.296 pesos).
Si el ciudadano está en desacuerdo, estas son las opciones que tiene:
- 3 días hábiles para ir ante la autoridad competente y objetar la orden de comparendo.
- Para las multas tipo uno y dos se puede pedir antes de 5 días hábiles que la sustituyan por la participación en algún programa comunitario o en una actividad pedagógica ciudadana.
- Si paga antes de 5 días hábiles, el valor de la multa disminuirá en un 50 % por pronto pago.
- Si la multa queda en firme y no es pagada dentro del mes siguiente, la persona será reportada al boletín de responsables fiscales de la Contraloría General.
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