El Ingreso Mínimo Garantizado es una estrategia implementada por la Administración Distrital con la que busca apoyar a los hogares pobres y vulnerables de la ciudad.

El esquema de montos de este subsidio depende de un concepto de equidad, en donde quienes más lo necesitan reciben más y quienes menos lo necesitan reciben menos, es decir, los hogares que reciben un monto más alto son aquellos que están más lejos de la línea de la pobreza, tienen mayor número de miembros del hogar y no reciben ayudas de otros programas.

(Vea también: Bono pensional: cómo reclamarlo al salir de Colpensiones y cuáles son los requisitos)

Por el contrario, los casos de hogares que reciben un monto mínimo por parte del Distrito, suponen hogares que son de menor tamaño, que están más cerca de alcanzar la línea de la pobreza y que ya están recibiendo recursos de los programas de asistencia social de la nación.

Ingreso Mínimo Garantizado: cómo consultar si su hogar es beneficiario

La Administración Distrital informó que con el fin de garantizar el pago de esta ayuda monetaria actualizó su sistema de información para que así los ciudadanos verifiquen si su hogar es beneficiario.

Solo deben ingresar al portal web de Renta Básica de Bogotá y completar la información solicitada: nombre y apellido, número de documento de identidad y fecha de expedición del mismo.

Una vez validado, el sistema indicará el nombre de la persona del hogar que recibe la transferencia monetaria, así como el ciclo, mes y año en el que el hogar recibió el pago y la entidad financiera a través de la cual se produjo el giro.

“Con esta actualización buscamos que los hogares pobres y vulnerables de Bogotá consulten si efectivamente son beneficiarios de las transferencias monetarias y, a la vez, puedan contar con un instrumento de seguimiento de los recursos girados”, señaló el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

Lee También

Quiénes se pueden beneficiar con el Ingreso Mínimo Garantizado

Los hogares calificados para recibir este subsidio son aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar clasificado en Sisbén IV, en los grupos A, B o C1-C5.
  • Tener una cuenta activa con los operadores financieros autorizados.