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Escrito por:  Valeria Arias
Redactora     Ene 23, 2025 - 4:28 pm

En Colombia la cantidad de personas endeudadas es significativa y por ello muchos se hacen preguntas sobre las consecuencias de no pagar sus deudas y los plazos de prescripción.

Y es que hay impuestos tan esenciales para las autoridades competentes que su no pago acarrea consecuencias de para el horario público, como es el caso del impuesto predial.

Así las cosas, el deber este tributo causa consecuencias serias y quienes no hagan el pago por un período mayor a seis meses y un valor superior a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) serán incluidos en la lista de personas deudoras, lo anterior, según el párrafo 3 del artículo 2 de la Ley 901 de 2004 y del numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1066 de 2006.

Pero no solo el incumpliendo del pago en el predial tiene esta consecuencia, también la falta de pago en otros, como:

  • Impuesto de vehículos.
  • ICA.
  • ReteICA.
  • Delineación urbana.
  • Acuerdos de pago con la Secretaría de Hacienda.

¿Cuántos años debo de impuesto predial?

Para saber cuánto es el valor de su deuda actual se requiere consultar por medio de la página web, siguiendo este paso a paso:

  • Ingrese a la oficina virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, la cual está en la parte superior izquierda, en el portal oficial de la entidad.
  • Regístrese si no lo está o ingrese con usuario y contraseña.
  • Seleccione la opción ‘mis impuestos’.
  • Dé clic en ‘predial’, ubicado en la parte izquierda de la pantalla.
  • En la sección que se llama ‘obligaciones pendientes’ podrá consultar el listado de impuestos pendientes por pagar de años anteriores.

La plataforma también le dará la opción de liquidar el impuesto año por año para hacer el debido pago.

(Vea también: Aclaran a conductores cómo pagar impuesto vehicular para que salga barato en 2025)

¿Qué hacer si no estoy de acuerdo con el impuesto predial?

Según el Ministerio de Justicia, lo correcto en estos casos, sea cual sea el motivo, es:

  • Hacer un derecho de petición solicitando la revisión del avalúo del predio y expresar las razones por las cuales considera que no debe cancelar ese monto para el impuesto predial.
  • Este derecho de petición lo deberá interponer ante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y junto con la solicitud deberá aportar pruebas que soporten su argumento.
  • La unidad mencionada estudiará su solicitud y de conformidad con el avalúo catastral decidirá si el monto es correcto.

Si usted necesita asesoría sobre el pago de este impuesto, diríjase a la Secretaría de Hacienda de su municipalidad o distrito o comuníquese con la línea 195.

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¿En cuánto prescribe la deuda del impuesto predial?

La deuda del impuesto predial, como otras obligaciones de este tipo, prescribe a los 5 años de causado, como lo indica el artículo 817 del Estatuto Tributario de Colombia.

Sin embargo, el hecho de que prescriba no exime al deudor de quedar con el reporte negativo en centrales de riesgo y que, por ende, tenga impedimentos al momento de pedir créditos para cualquier otro tipo de adquisición.

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