La solicitud de la visa estadounidense parece ser un proceso engorroso y complicado. Pese a ello, una buena orientación es clave para no cometer errores garrafales que lo conduzcan a una negación rotunda.

Los mitos dentro de esta solicitud cada vez son más, pues aunque la experiencia personal dice mucho sobre el proceso; lo cierto es que cada perfil del solicitante es distinto, por lo que no hay un patrón definido para obtener la aprobación de ese documento.

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Pulzo habló con Sandra Clavijo, abogada experta en temas de inmigración y visado estadounidense, quien comentó cuáles son los mitos más comunes dentro de ese trámite, enfatizando en que cada caso es independiente.

Entre los mitos, uno de ellos habla de que la embajada tiene un límite de visas para aprobar al mes y cuando cumplen ese límite; niegan todas las que se presenten después de ese momento. Al respecto Clavijo puntualizó que eso es mentira pues no existen unos cupos determinados para la aprobación y las negaciones nunca se dan por esa razón. 

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Cuando es una visa de turismo no se la niegan porque llegaron a un límite, se la niegan seguramente porque usted no reunió el requisito o no convenció al oficial consular en ese corto tiempo que tiene para poder presentar su entrevista y su perfil”, agregó Clavijo.

Otro de los mitos de los que se habla bastante, cuando se trata el tema de la entrevista consular, es el de las peticiones de familiares por parte de residentes de Estados Unidos, pues muchas veces se cree que cuando se tiene a un familiar o conocido en ese país, este puede hacer una petición al gobierno estadounidense para que le otorguen la visa más fácil a alguno de sus familiares, lo cual, según Clavijo, también es mentira, pues esta política aplica solo en ciertos casos.

Para pedir a algún familiar se debe considerar el estatus legal de quien va a hacer la petición, pues los únicos que pueden realizar la solicitud son los residentes permanentes y los ciudadanos de ese país.

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Ciudadano Estadounidense

Un ciudadano estadounidense es una persona que fue residente cinco años y se hizo ciudadano, o se casó con un ciudadano de ese país por 3 años.

“Sí estoy casada con un ciudadano americano, a los 3 años puedo hacerme ciudadano; y si obtengo la residencia por trabajo u otro tipo de petición debo esperar 5 años para ser ciudadano”, agregó Clavijo.

Un ciudadano puede pedir o hacer solicitudes para residencia de sus familiares, pero únicamente de ciertos miembros que son puntualmente la madre, el padre, los hijos, sean mayores, menores, solteros o casados, la esposa o esposo y los hermanos (primer grado de consanguinidad). 

“El ciudadano puede pedir a toda la familia, pero debe ser una familia directa, no estamos hablando del primo, del sobrino, estamos hablando del papá, la mamá, esposa, hijos o hermanos, todo en línea directa”, comentó la abogada.

Además, agregó que la petición del primer núcleo familiar, es decir papás, mamás o hijos, es muy rápida, pero la de otros miembros secundarios, como un hermano, puede demorarse más.

Residente 

El residente, por otro lado, está en una condición inferior a la del ciudadano y este únicamente puede pedir a la esposa y a los hijos, siempre y cuando estos sean solteros, por lo que no es cierto que un amigo, un conocido, un primo o un familiar de un grado de consanguinidad lejano pueda hacer la solicitud.

Este es el video de la entrevista con la abogada: