Pero ¿cuáles son los beneficios que recibirán las compañías y empleadores que los contraten? De acuerdo con el documento, se les deducirá el impuesto sobre la renta en un 120 % del valor de los salarios y prestaciones sociales pagadas a estas personas durante los años en los que permanezcan en las empresas.

Este beneficio aplicará, según la ley, siempre que el porcentaje de adultos mayores empleados corresponda por lo menos al 2,5 % de la planta de personal, esto para empleadores que poseen un número de trabajadores menor a cien empleados.

“El requisito de vinculación del 2,5 % se incrementará en un 0,5 % por cada 100 empleados adicionales, sin pasar del 5 % de la planta de personal”, indica la norma recién sancionada por el primer mandatario.

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Sobre el tiempo que tendrán que permanecer estas personas en sus labores para que las empresas tengan este beneficio, la ley especifica que tiene que ser, como mínimo, durante un año; sin embargo, en casos de despidos con justa causa, el periodo de trabajo puede ser completado por otro adulto mayor sin pensión.

“En caso de renuncia del trabajador motivada por incumplimientos del empleador, el empleador perderá los beneficios tributarios obtenidos por ese trabajador en particular, una vez se establezcan sus incumplimientos mediante sentencia judicial en firme”, advierte el documento publicado en la página de la Presidencia.