Entre estos está la aprobación de los tres días sin IVA a partir de 2020 que serán escogidos al azar en los meses de enero, julio y diciembre a productos específicos.

Esos artículos serían accesorios, electrodomésticos, artículos deportivos, juguetes, vestuario, útiles escolares, productos de aseo personal y elementos de aseo para el hogar; aunque cada uno de ellos tiene como condición no superar determinado precio, explicó hace unos días Dinero.

En la Cámara también se decidió que la devolución del IVA para las familias de bajos ingresos funcione desde el próximo año y no a partir del 2021, como lo esperaba el Ministerio de Hacienda.

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El texto de la ahora llamada ‘Ley de crecimiento económico’ indica que “esta compensación corresponderá a una suma fija en pesos, que el Gobierno Nacional definirá teniendo en cuenta el IVA que en promedio pagan los hogares de menores ingresos, la cual será transferida bimestralmente”.

Eso se traduce en un beneficio para “el 20 % de la población colombiana, que recibirá cada dos meses alrededor de 140.000 pesos por cuenta de la devolución del impuesto”, explicó RCN Radio.

Aunque unos artículos se aprobaron en bloque y otros individualmente en medio de fuertes discusiones, los representantes también lograron ponerse de acuerdo en que no se le aplique el impuesto del 4×1.000 cuando se muevan las cesantías.

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También se dio luz verde al impuesto a la cerveza y las bebidas azucaradas, las exenciones del IVA del 19 % a las cirugías plásticas y se mantuvo la exclusión de ese impuesto a otros servicios médicos; además, el cobro del impuesto a servicios de entretenimiento para adultos.

“Las boletas de entrada a cine, a los eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar, y los espectáculos de toros, hípicos y caninos también se encuentran excluidos del IVA”, señala el proyecto de ley, recoge el medio.

Por otro lado, están “los artículos que buscan garantizar la operación de Electricaribe, en caso de que el Gobierno Nacional no logre vender la compañía en la subasta que se llevará a cabo en febrero del 2020”, puntualizó la emisora.

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Otros artículos que lograron el consenso en la Cámara fueron el del impuesto al turismo que establece el pago de 15 dólares “a la compra de tiquetes aéreos de pasajeros, en transporte aéreo de tráfico internacional, cuyo viaje incluya el territorio colombiano y su origen sea el exterior”, los que gravan con el 10 % a los dividendos y a las remesas de personas naturales y empresas nacionales, y que las megainversiones puedan acceder a beneficios tributarios, siempre y cuando se generen 300 empleos y no 250, como se propuso en un principio”, añadió Valora Analitik.

Por último, está la ampliación de la base gravable para declarar renta, pues “hoy en día las personas que están ganando aproximadamente 2’900.000 pesos ya van a empezar a pagar retefuente”, explicó la representante Katherine Miranda a Noticias Caracol.

Ese medio puntualizó también en que la oposición denunció ‘micos’, como que “esta reforma ya no tiene los beneficios tributarios a las empresas que contraten personas en condición de desplazamiento forzado, lo que llama la atención debido a que debería generar empleo”.