Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Santiago Avila   Ago 16, 2023 - 12:48 pm
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Con la puesta en marcha de la reforma tributaria habrá nuevos cambios en la recaudación del 4×1.000, un impuesto que se aplica a diferentes movimientos financieros que realizan los colombianos y que consiste en que por cada mil pesos de una transacción (ya sea un retiro, un traslado o un pago) cuatro pesos serán destinados al pago de este tributo.

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Según explicó el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, se espera que las entidades bancarias consoliden entre sí la información de las diferentes cuentas que posean los ciudadanos, para que, sin importar la cuenta que utilice, reciba la exención del 4×1.000, mientras mueva menos de $ 14,8 millones al mes.

“Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta”, dijo Reyes.

Y es que actualmente las personas tienen el derecho a eximir solo una cuenta bancaria del cobro del 4×1.000 hasta un límite de 350 UVT, es decir, unos $ 15 millones mensuales para este año. Sin embargo, las operaciones efectuadas con tarjetas o cuentas adicionales aún están sujetas a este impuesto, incluso si los movimientos de dinero son inferiores al umbral establecido por la ley.

Por esto, la Dian y el Ministerio de Hacienda buscan que la exención del 4×1.000 se aplique a todos los movimientos realizados en las cuentas bancarias de los colombianos.

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“Las personas podrán contar con la exención del 4×1.000 en todas las cuentas que posean, no solo en una única cuenta, sino mediante la combinación de los saldos en todas ellas”, afirmó el director de la Dian.

Asimismo, Reyes resaltó que se pretende que las cuentas de menor monto, como las presentes en las billeteras virtuales Nequi y Daviplata, también queden exentas de este gravamen.

¿Desde cuándo iniciarán los cambios?

En el artículo 65 de Ley 2277 de diciembre 13 de 2022, se específica que las “entidades financieras y/o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito vigiladas por las Superintendencias Financiera o de Economía Solidaria que administren o en las que se abran cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago abiertas o administradas” deberán crear un sistema de información que le permita al usuario disponer de la exención al impuesto sin necesidad de marcar una cuenta exclusiva.

Durante la implementación de este sistema de información entre las diferentes entidades financieras, se ha estipulado un plazo de “a más tardar” dos años a partir de la entrada en vigor de esta ley. Mientras tanto, se continuará utilizando el sistema actual, en el cual el beneficio solo puede aplicarse a la cuenta designada por el usuario.

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El objetivo del Gobierno es que la exención del 4×1.000 cubra todos los movimientos realizados en las cuentas bancarias de los colombianos.

Cabe recordar que el dinero que se recauda a través de este gravamen es recolectado por los bancos. Sin embargo, su destinatario final es el Gobierno, por lo que estos recursos pasan a formar parte de las cuentas de la Nación.

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