La orden señala que el precio de los bienes o servicios comercializados durante la jornada del día sin IVA debe ser informado de forma presencial o electrónica siguiendo estas normas:

  • Se debe informar claramente si el precio establecido para el día sin IVA tiene incluido o no el descuento del valor del impuesto, que se verá reflejado en la factura de compra, igualmente.
  • Con respecto a las promociones, se debe notificar si en el precio fijado para la jornada sin IVA viene incluido o no el beneficio de la exención especial del impuesto y el descuento anunciado.
  • Se deben adoptar mecanismos que informen al consumidor sobre los bienes o servicios que ya están exentos del cobro, desde mucho antes, por normas específicas que los cobijan.

La SIC enfatizó en que es muy importante que los proveedores de bienes y servicios sean extremadamente claros sobre si van a ofrecer o no el beneficio de la exención del IVA. Si sí lo harán, deben indicar cuáles son los productos que aplican, la cantidad máxima de unidades del producto que puede ser adquirida por el cliente y el valor máximo de los productos que estarán cobijados.

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Asimismo, Blu Radio informó que, entre las medidas ordenadas por la SIC, también está la de actualizar constantemente cuál es la disponibilidad de los productos e informar posibles cambios en los precios que puedan surgir el mismo viernes.

Por otro lado, ningún almacén puede atribuirse la supresión del impuesto, sino asegurar que se trata de una medida tomada por el Gobierno nacional, añadió Blu Radio.

La orden busca acabar con todas las prácticas que no favorezcan a los consumidores y fue expedida luego de que la Superindustria inspeccionara establecimientos físicos y virtuales para ver si estaban cumpliendo con las normas de protección al consumidor.