Los plazos para presentar la declaración de renta ya comenzaron a vencer, como se puede ver en la página de la Dian donde están especificados, razón por la que es muy importante que tenga claro cuándo y por qué lo pueden sancionar.

La República resumió los casos de la siguiente manera: 

  1. Presentó la declaración fuera del plazo: aquí aplica el mínimo de sanción de $ 343.000. Además, el valor incrementa por cada mes, o fracción, en un equivalente al 5 % del impuesto a cargo.
  1. No presentó la declaración, y debía hacerlo: “sanción del 20 % del valor de los ingresos brutos o consignaciones del período no declarado”.
  1. Declaración con errores: “Sanción por corrección del 10 % de mayor valor a pagar”.

Una de las faltas más comunes, según Ángela María González Córdoba, associate partner de Impuesto de EY Colombia, citada por el diario económico, es “omitir los activos poseídos en el exterior”.