Escrito por:  Redacción Economía
Oct 2, 2023 - 10:57 am

Para muchos conductores resulta atractivo modificar sus carros con el propósito de hacerlos más visibles, únicos, aumentar su valor en el mercado e, incluso, para competir.

(Vea también: A conductores en Bogotá les avisan de cambio que deberán hacer; será obligatorio y caro)

Sin embargo, algunos de los lujos que les instalan a los vehículos pueden violar las normas de tránsito por más inofensivos que parezcan; razón por la cual las autoridades recomiendan consultar qué partes sí se pueden alterar y cuáles no, para evitar multas e inmovilizaciones.

Carros en Colombia: qué accesorios causan multas e inmovilización

Ante ello, en Portafolio dieron a conocer algunos accesorios que están prohibidos en el país ya que involucran partes fundamentales de los automóviles

Por ejemplo, la ley establece que el exosto y el sistema de escape de un vehículo no debe presentar ninguna modificación o decoración, puesto que dicha personalización puede resultar en una multa de tránsito y hasta la inmovilización.

Retirar el sistema silenciador es causante de patios, según explicó en el medio citado José Valero Moreno, jefe de Grupo de Control Ambiental.

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Otro de los lujos que no se permiten son los cambios en los sistemas de luces, debido a que estas modificaciones no garantizan la seguridad en las vías, sobre todo, si se trata de disminuir la intensidad de los destellos.

En cuanto a las llantas, las autoridades permiten que los conductores las reemplacen siempre y cuando no afecte el funcionamiento del carro. Otros accesorios aceptados son los pernos de seguridad o sistemas digitales al interior del carro.

No obstante, las luces policiales o ‘strober’ no  son aprobadas, por lo que caer en esta falta puede desembocar en  multas de tránsito o inmovilización.

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