La Secretaría de Hacienda anunció que el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) del impuesto predial en Bogotá, correspondiente al pago de la primera cuota, vence este viernes 9 de junio.

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Dicho pago se divide en cuatro cuotas iguales sin intereses. Después del viernes 9 de junio, los contribuyentes inscritos al sistema que no paguen, deberán cancelar intereses de mora para ponerse al día.

¿Cómo realizar el primer pago del predial en Bogotá?

Para el pago de esta primera cuota, es importante tener en cuenta que el acceso al cupón de pago es a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Allí, se debe dar clic en la opción “Consultas”; luego, en “Obligaciones Pendientes”; y en ese punto, deberá seleccionar el impuesto “Predial Unificado”.

Finalmente, en “Cupones”, tras darle clic, se desplegará el cupón de pago, que el contribuyente podrá cancelar en la Oficina Virtual o imprimir y pagar en bancos autorizados

“Buscamos facilitar el cumplimiento de la obligación a los contribuyentes”, afirma el director de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría de Hacienda, Pablo Verástegui.

Los próximos vencimientos para propietarios de predios residenciales y no residenciales que se acogieron al SPAC 2023 son los siguientes.

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Impuesto predial en Bogotá: se acerca el plazo para el pago por cuotas. Foto: tomada de Freepik

Fechas para el pago por cuotas del impuesto predial en Bogotá

  • Primera cuota, hasta el 9 de junio
  • Segunda, hasta el 4 de agosto
  • Tercera, hasta el 6 de octubre
  • Cuarta, hasta el 1 de diciembre de 2023

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Finalmente, vale la pena recordar que la fecha límite para el pago del impuesto predial unificado con el 10 % de descuento fue el 26 de mayo, por lo que los contribuyentes tendrán plazo hasta el 14 de julio para el pago total.

Sanciones por no pagar el predial en las fechas estipuladas

La multa por extemporaneidad es del 1,5 % por mes o fracción de mes -calendario retardo. De igual manera, las sanciones varían de acuerdo con el estrato del inmueble y la Unidad de Valor Tributario (UVT).

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Bajo ese contexto, las sanciones mínimas son:

  • Estrato 1 y 2, Unidad de Valor Tributario 4. Total: $ 170.000.
  • Estrato 3 y 4, Unidad de Valor Tributario 5. Total: $ 212.000.
  • Estrato 5 y 6, Unidad de Valor Tributario 7. Total: $ 297.000.