Los beneficiados por las medidas establecidas por la Superfinanciera son las personas naturales y jurídicas que pertenezcan a los segmentos y sectores económicos afectados por la crisis relacionada con el coronavirus. Ellos podrán acordar con sus entidades financieras nuevas condiciones para sus créditos como periodos de gracia, aumento de plazos, entre otros aspectos.

“Los cambios en las condiciones iniciales de los créditos no tendrán efecto en la calificación del deudor, ni en la información sobre su comportamiento crediticio en las centrales de riesgo”, agregó la entidad en el comunicado en el que presentó las ordenas a los bancos en Colombia.

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La redefinición de las condiciones de los créditos aplica para créditos comerciales, microcréditos, consumo e hipotecarios, sin limitación del número de obligaciones. Para ello, las entidades financieras deberán evaluar caso a caso las mejores condiciones que permitan darles viabilidad financiera a los deudores.

La única condición que estableció que deben cumplir quienes se quieran cobijar por estas nuevas medidas económicas es que sus créditos no tengan, al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.

“En el caso de tarjetas de crédito y créditos rotativos en los sectores y segmentos definidos, los periodos de gracia no implicarán el cierre de los cupos ya aprobados, salvo en los casos en los que la entidad establezca elementos de riesgo adicionales para hacerlo”, detalló la Superfinanciera.