La Dian informó el calendario tributario para el año entrante y, entre los principales puntos, la institución tuvo en cuenta lo que va a pasar con el impuesto al patrimonio en Colombia.
Recuerda la entidad que todas las personas que deben llevar a cabo este proceso, deben cumplir con los plazos establecidos a riesgo de que puedan caer en algún tipo de multa.
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Según la Dian, este calendario tributario para el impuesto al patrimonio en Colombia también es clave si se tiene en cuenta que, desde el 2022, este gravamen surtió algunas modificaciones dadas las aprobaciones de la reforma tributaria.
Con esto, dijo la institución, los canales de información y recaudo se mantienen activos para aquellos contribuyentes que necesiten asesorías.
Dice la Dian que los contribuyentes sujetos al impuesto al patrimonio en Colombia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 292-3 del Estatuto Tributario, deberán declara cuando el patrimonio líquido -patrimonio bruto menos las deudas a cargo-, sea igual o superior a 72.000 UVT ($ 3.585.528.000 año 2025).
¿Cuándo hay que hacer la declaración del impuesto al patrimonio en Colombia?
Agrega la Dian que “tendrán la obligación de presentar la declaración y pagar en dos cuotas de 50 % cada una, el impuesto a cargo”.
Finalmente, la presentación de la declaración y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio en Colombia será entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de mayo; es decir, para 2025, entre el 12 y el 23 de mayo.
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Recuerda el portal Comunidad Contable que la correcta presentación o declaración de este gravamen evita que el contribuyente se enfrente a una importante multa.
La sanción por no hacer la declaración del impuesto al patrimonio en Colombia muestra genera una sanción, por cada mes o fracción de mes calendario de retraso, equivalente al 5 % del total del impuesto a cargo. Esto último sin exceder del 100 % del impuesto.
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