
En Colombia, el pago de las cesantías y sus respectivos intereses son derechos laborales que deben garantizarse a los trabajadores con contrato fijo o indefinido. En 2025, los empleadores tienen fechas límite específicas para cumplir con estas obligaciones, evitando sanciones legales.
Plazos para pagar intereses de las cesantías 2025
- Pago de intereses de cesantías: hasta el 31 de enero de 2025, este monto debe ser consignado directamente en la cuenta del trabajador.
- Consignación de cesantías al fondo elegido por el empleado: fecha límite, 14 de febrero de 2025.
Estas fechas son fundamentales para que las empresas eviten sanciones y los trabajadores puedan disponer de sus derechos sin inconvenientes.
(Vea también: Anuncio de Porvenir sobre pago de cesantías dejó a trabajadores felices; ponga cuidado)
¿Qué son los intereses de cesantías?
Los intereses de las cesantías equivalen al 12 % del valor acumulado de las cesantías del año anterior y se calculan con base en el salario del empleado y el tiempo laborado durante el año.
Fórmula para calcular los intereses de las cesantías
Intereses de cesantías = (salario mensual x días trabajados x 0. 12) / 360
Por ejemplo, un trabajador con un salario mínimo mensual de $ 1.300.000 durante 2024 recibirá aproximadamente $ 156.000 por intereses de cesantías.
Si el trabajador no laboró todo el año, los intereses se ajustan proporcionalmente al tiempo trabajado.
(Vea también: Qué son los intereses de las cesantías, para qué sirven y quiénes tienen derecho a estos)
¿Quiénes tienen derecho a las cesantías y sus intereses?
De acuerdo con la Ley 50 de 1990, tienen derecho a las cesantías y sus intereses:
- Trabajadores con contratos fijos o indefinidos.
- Empleados de servicio doméstico.
- Conductores de servicio familiar.
- Trabajadores de tiempo parcial.
¿Quiénes no tienen derecho a las cesantías y sus intereses?
- Trabajadores informales.
- Personas con contrato por prestación de servicios.
- Trabajadores con salario integral.
(Lea también: Advierten a empresas en Colombia por pago extra que deben girar a empleados; así se calcula)
¿Qué hacer si no recibe el pago de los intereses?
El incumplimiento en el pago de los intereses de cesantías acarrea sanciones legales para los empleadores. Según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador deberá indemnizar al trabajador con un día de salario por cada día de retraso.
Los empleados pueden tomar las siguientes medidas:
- Reclamo directo: presentar la solicitud formal a la empresa.
- Queja formal: ante el Ministerio del Trabajo, que supervisará el cumplimiento de la normativa.
- Demanda laboral: en casos graves, acudir a instancias legales para reclamar sus derechos.
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