La decisión aplica para entidades del régimen contributivo y subsidiado.

Las EPS que tendrán que cumplir con la limitación en las afiliaciones son:

  • Servicio Occidental de Salud SOS
  • Capital Salud
  • Coomeva
  • Medimás
  • Savia Salud
  • Capresoca
  • Cruz Blanca
  • Emdisalud
  • Emssanar
  • Comfasucre
  • Comfachocó
  • Comfamiliar Huila
  • Comparta
  • Ambuq
  • Comfamiliar
  • Cartagena
  • Comfacor

La Supersalud explicó en un comunicado que esta decisión tiene que ver con las acciones previstas para garantizar la estabilización de la operación de las EPS que están bajo medida de vigilancia especial. Además, pretende la normalización de los servicios y la correcta atención de sus afiliados.

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El ente regulador aclaró también que la limitación en afiliaciones no aplicará cuando se presenten los siguientes eventos:

  1. Beneficiarios que puedan integrar el mismo núcleo familiar.
  2. Novedades de traslados cuya efectividad se produce con posterioridad a la restricción.
  3. Cumplimiento de órdenes derivadas de fallos judiciales.
  4. Unificación de grupo familiar, cuando los cónyugues o compañeros permanentes, se encuentren afiliados en EPS diferentes o cuando un beneficiario cambie su condición de cónyugue o compañero permanente.
  5. Afiliados adicionales que pueden ingresar a un núcleo familiar.

Finalmente, la Supersalud informó que se prorrogó la vigilancia especial para 10 EPS durante 7 meses más: Cruz Blanca, Emdisalud, Emssanar, Comfasucre, Comfachocó, Comfamiliar Huila, Comparta, Ambuq, Comfamiliar Cartagena y Comfacor.