
La reciente sanción de la Ley 2486 de 2025 por el presidente Gustavo Petro, que regula la circulación de vehículos eléctricos livianos como patinetas, ‘scooters’ y bicicletas eléctricas en Colombia, desató un aluvión de cuestionamientos.
(Lea también: Ojo, usuarios de patinetas, ‘scooters’ y bicicletas en Bogotá: fijan límite de velocidad y más condiciones)
La secretaria de Movilidad, Claudia Díaz Acosta, expresó en El Tiempo su preocupación por lo que considera un “retroceso en materia de seguridad vial”, advirtiendo que la norma podría incrementar los riesgos para peatones, ciclistas y otros usuarios vulnerables en la capital.
Con cuestionamientos centrados en la falta de requisitos como Soat y licencia de conducción, así como en la autorización para que estos vehículos usen ciclorrutas, Díaz pidió una revisión técnica para proteger la convivencia en las vías de la ciudad.




¿Cuál es la velocidad máxima para patinetas, ‘scooters’ y bicicletas?
Uno de los principales reparos de la secretaria es la clasificación de vehículos con hasta 1.000 W de potencia como “livianos”, ya que estos pueden alcanzar velocidades de 50 a 60 km/h, superando los límites establecidos por la ley (25 km/h en ciclorrutas y 40 km/h en vías vehiculares).
Según explicó la funcionaria en el periódico, la infraestructura de Bogotá, que incluye 550 kilómetros de ciclorrutas, no está diseñada para soportar vehículos con tal velocidad y masa.
“La convivencia de ‘scooters’ y bicicletas eléctricas con peatones y ciclistas en ciclorrutas incrementa la probabilidad y gravedad de los siniestros”, afirmó. Este riesgo es especialmente crítico para programas como ‘Al Colegio en Bici’ y ‘Ciempiés’, que movilizan a miles de estudiantes, quienes podrían quedar expuestos a accidentes.




Patinetas y bicicletas eléctricas podrán usarse sin Soat
La Ley 2486 exime a los vehículos eléctricos livianos de menos de 60 kg y 40 km/h de requisitos como matrícula, Soat y licencia de conducción, una medida que Díaz Acosta considera perjudicial para el control de las autoridades. “Sin licencia, es imposible imponer sanciones efectivas, como la suspensión de documentos, en casos de conducción bajo los efectos del alcohol”, señaló en el rotativo.
La ausencia de Soat también complica la atención a víctimas de accidentes, un problema en un contexto donde los siniestros con patinetas y scooters han crecido un 15 % desde 2023, según datos preliminares de la Secretaría. Estas exenciones, argumenta Díaz Acosta, limitan la capacidad de las autoridades para garantizar el cumplimiento de las normas y proteger a los actores viales más vulnerables.
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