Ahora, los familiares del menor han tratado de inscribirlo en el plan complementario de salud de la EPS, pero Compensar lo ha rechazado 2 veces, según la familia, por la condición del pequeño.

Pulzo habló con Michel Mesa, madre del niño y quien que contó la historia de la presunta negligencia médica que vivió durante el tiempo de gestación, y denunció varias irregularidades adicionales por parte de Compensar.

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La mujer dijo que, en julio de 2018, entre la semana 11 y 13 de embarazo, cuando era atendida en una IPS de Chía, Cundinamarca, la doctora Marta Cecilia Díaz le ordenó una ecografía llamada translucencia nucal, que sirve para saber si el niño tiene síndrome de Down.

Cuando los padres revisaron los resultados de los exámenes, les llamó la atención que uno de los indicadores estaba subrayado, pero la médica Díaz no les dijo absolutamente nada y la mujer siguió con su embarazo confiada, “completamente normal”.

La madre contó que por decisión personal se cambió de IPS y fue trasladada a Bogotá, a la sede de Compensar en la calle 26. Cuando eso ocurrió, Mesa ya tenía 32 semanas de embarazo y su nuevo médico tenía que contextualizarse de su proceso.

Al revisar la ecografía, el médico le preguntó a Mesa: “¿A usted qué le dijeron de esta situación? ¿Qué hicieron?”. Ante la sorpresa de la mujer, el doctor le dijo que en la ecografía aparecía un riesgo muy alto de que el niño naciera con síndrome de Down.

“Eso fue en diciembre. Yo quedé en shock; la verdad, yo no le creía. Cuando él vio que yo me puse a llorar, se puso súper nervioso, se mordía las uñas y me dijo ‘no sé qué hacer, porque, debido al avanzado estado de embarazo, no se puede hacer la amniocentesis para validar si el bebé tiene síndrome de Down’”.

Según Mesa, el procedimiento ya no se podía realizar porque se podría generar un aborto espontáneo y debían esperar al nacimiento para saber si el bebé tendría esa condición.

Después de enterarse del riesgo que tenía su hijo, la mujer y su esposo consultaron otras opiniones, pero no encontraron mejores noticias. Incluso, varios médicos le sugirieron que no hiciera ‘baby shower’ porque su hijo podría morir en el vientre. “Me dijeron que estuviera preparada para todo”, agregó.

Mesa le contó a este medio que después de que el niño nació, efectivamente con síndrome de Down, su madre se encontró con la doctora Marta Cecilia Díaz y le reclamó por su omisión.

“Ella (la médica) le dijo a mi mamá que sí se había dado cuenta de lo que decía ese examen, pero que no había querido decirme nada para no preocuparme. Dijo además que Compensar hubiera autorizado la amniocentesis y todo lo necesario para validar esa información”, agregó.

Mesa dijo que la obligación de Compensar es dar la información veraz y completa al paciente de su estado de salud, situación que no ocurrió durante su embarazo.

Denuncias de mentiras por parte de la ESP y más irregularidades

Una vez nació el bebé, Michel Mesa solicitó su historia clínica a Compensar. Sin embargo, los documentos que le entregaron registraban su embarazo desde agosto, un mes después de la ecografía inicial, hasta enero.

Mesa les dijo a los funcionarios que la historia tenía que estar desde junio y que su obligación era entregar la información completa.

Cuando la historia clínica le fue entregada, ella se encontró con una enorme sorpresa pues el documento aseguraba que se le había informado de la sentencia C355 (sobre interrupción voluntaria del embarazo).

Según Mesa, el documento dice, explícitamente: “La usuaria decide continuar con el embarazo”.

Sentencia suministrada por Michel Natalia Mesa

La madre le dijo a Pulzo que esa afirmación es completamente falsa:

“Ellos a mí nunca me hablaron de ninguna sentencia. Si se supone que mi embarazo venía normal (como lo dijo Marta Cecilia Díaz en su momento) y era deseado, ¿por qué me iban a nombrar una sentencia que habla de aborto? ¿Por qué en la historia clínica dice que la usuaria decide continuar con el embarazo?”.

Mesa dejó claro que, de haber conocido el riesgo en el que se encontraba su hijo, no hubiera pensado en un aborto, pero sí hubiera podido evitar tener depresión, o tener que ir a un sicólogo, pues hubiese tenido tiempo de asimilar la noticia.

La madre presume que Compensar puso ese dato en la historia clínica para curarse en salud por la omisión que cometieron.

De acuerdo con el testimonio de Mesa, desde la entidad promotora de salud no se han comunicado con ella, por lo menos, para ofrecerle una disculpa o para decirle que se tomarán medidas correctivas con la médica que omitió la información sobre su hijo.

La mujer dijo que su familia no está interesada en demandar a Compensar o en llenar a la EPS de tutelas. Lo único que quieren es que reciban al niño en el plan complementario de salud, en compensación por lo que (no) hicieron.

“Compensar alardea de sus competencias en políticas de inclusión, pero esto de inclusión no tiene nada. ¿Por qué van a negarle un plan complementario a un chico con síndrome de Down, si él no decidió nacer así? Lo que queremos es que mi hijo tenga una mejor calidad de vida en cuanto a su salud”.

Mesa destacó que el de su bebé no es el único caso y que muchas familias se enteran de que su hijo tiene síndrome de Down solo hasta que nace, y que cuando solicitan un plan complementario o una afiliación a medicina prepagada no se los permiten. Agregó que “muchos niños están siendo discriminados por su condición”.

Pulzo se comunicó con Compensar, pero la entidad dijo que el tema se está revisando internamente para dar una respuesta oficial.

La versión legal

Este medio consultó a una fuente jurídica que destacó que los padres del niño podrían demandar a la EPS porque, si les hubiesen dado la información correcta, inclusive, hubieran podido ejercer el derecho a la elección del aborto (esto no significa que en algún momento lo hubieran considerado).

Según la fuente legal, “no es que el niño sea un perjuicio, pero los gastos que puede generar a la familia pueden ser indemnizables”.

Inclusive, agregó la fuente, se podría citar a una conciliación en donde se le puede exigir a la EPS la indemnización de todos los gastos médicos que se deriven del síndrome de Down por haber omitido información que les hubiera permitido tener conocimiento de la situación.

“El tema es que la familia tuvo una pérdida de oportunidad o pérdida de chance y eso es indemnizable en Colombia”, concluyó la fuente.