Uno de los argumentos que tuvo en cuenta la JEP para tomar esta decisión, es que las conductas por las que fueron condenados los hermanos Samuel e Iván Moreno Rojas “no tienen relación directa ni indirecta con el conflicto armado”.

También, mencionó en un comunicado, porque los hechos por los que se les acusa se cometieron “en contra de la administración pública y el patrimonio del Estado”, lo que llevó al tribunal de paz a tomar la decisión de cerrarles la puerta de acceso al sometimiento que pedían.

Los delitos cometidos “fueron actos de corrupción encaminados a engrosar su patrimonio económico, el de otros servidores públicos y el de contratistas, a quienes en forma amañada les eran adjudicados contratos para que todos obtuvieran provecho económico ilícito con dineros del Estado”, se lee en el boletín.

La JEP explica que los hermanos Moreno hicieron la solicitud de ingreso a esa Jurisdicción el pasado 2 de agosto de 2019, con el argumento de que “querían aportar al esclarecimiento” del conflicto armado en Colombia, y que expusieron unas “líneas de contexto” como herederos del expresidente Gustavo Rojas Pinilla y del acuerdo de paz que él firmó con las guerrillas liberales en su mandato.

El tribunal dice que si bien los dos políticos “no explicaron en qué calidad comparecerían” ni “qué conductas punibles cometieron” como para ser aceptados, de todas formas “las conductas ilícitas” por las que se les acusa fueron notorias y les jugaron en contra a la hora de hacer la evaluación.

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Pero la JEP dio a conocer, en el mismo comunicado, que tampoco le permitió el ingreso a María Eugenia Rojas de Moreno, madre de los condenados, pues la Sala de Definición de Situaciones Jurídicasno encontró decisiones judiciales ni noticias difundidas que hagan referencia a que hubiera realizado conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”.

Tampoco, que la solicitante haya hecho parte o financiado algún grupo armado.

Finalmente, la Sala les recordó a los hermanos Moreno Rojas que tienen cuentas pendientes con la justicia por delitos como concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos, cohecho propio y tráfico de influencias, entre otros.

Por ese prontuario, la JEP les recomendó “que comparezcan ante la Fiscalía”, y les lanzó una crítica.

“Podrán hacer entrega de los datos de otros responsables que no han sido judicializados o que no han sido condenados, así como de los bienes y dineros obtenidos de manera ilegal”, finalizó.