Un recurso de apelación presentado por el exsenador Iván Moreno ante la Corte Suprema de Justicia fue negado. En un fallo de segunda instancia, la Corte decidió que Moreno debe seguir privado de la libertad pues, en 2021, se le dictó medida de aseguramiento por su presunta participación en el carrusel de las ambulancias en Bogotá. Moreno había argumentado que ya se habían cumplido los tiempos de la medida, pero la Corte le respondió que hay casos en los que este tipo de sanciones se pueden extender.

Moreno, quien ya fue condenado por el carrusel de la contratación, específicamente por su participación junto a su hermano Samuel Moreno, recibió la medida de aseguramiento el 28 de junio de 2021. De acuerdo con la Corte, Moreno no merece recibir libertad condicional mientras es juzgado, ya que su medida vence el 28 de junio de 2023. Su defensa argumentaba que vencía este año y, por tanto, podría reincorporarse en sociedad.

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“El mandato de favorabilidad legal permite entender que (la detención preventiva) tendrá un máximo de un año por regla general y que en los delitos para los cuales está prevista la prórroga dicho término es de dos años, con mayor razón cuando se trate de procesos cuyo juzgamiento compete a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia”, aseguró la alta corte. Según el fallo de segunda instancia, los delitos contra la administración pública, como el interés indebido en la celebración de contratos, tienen una prisión preventiva de hasta dos años.

El hermano de Samuel Moreno, exalcalde de Bogotá, enfrenta un proceso judicial por delitos de corrupción, pues en 2009 habría ayudado a su hermano a negociar un contrato por $ 67.000 millones para adquirir el servicio de ambulancias a través de la empresa UT Transporte Ambulatorio Médico. De este valor, los hermanos Moreno habrían sacado una tajada del 9 % para adjudicarle el contrato a la empresa de Emilio Tapia Aldana, quien fue condenado por este caso junto a Samuel Moreno.

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“En el caso que se examina, Iván Moreno Rojas, acusado por dos delitos contra la administración pública, cumple la medida de aseguramiento de detención preventiva desde el 28 de junio de 2021, como se indicó en los antecedentes; por tanto, la vigencia de esta solo expirará en esa misma fecha del año 2023″, afirmó la decisión de la Corte. La investigación señala a Moreno de ser el autor de los delitos de peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos.